SAP Madrid 91/2006, 10 de Febrero de 2006

PonentePURIFICACION MARTINEZ MONTERO DE ESPINOSA
ECLIES:APM:2006:2192
Número de Recurso792/2003
Número de Resolución91/2006
Fecha de Resolución10 de Febrero de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 20ª

PURIFICACION MARTINEZ MONTERO DE ESPINOSAJUAN VICENTE GUTIERREZ SANCHEZRAMON FERNANDO RODRIGUEZ JACKSON

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 20

MADRID

SENTENCIA: 00091/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN 20ª

SENTENCIA Nº

Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 789/2003; TASACIÓN DE COSTAS

Ilmos. Sres. Magistrados:

PURIFICACIÓN MARTÍNEZ MONTERO DE ESPINOSA

JUAN VICENTE GUTIÉRREZ SÁNCHEZ

RAMÓN FERNANDO RODRÍGUEZ JACKSON

En MADRID, a diez de febrero de dos mil seis.

VISTO siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Doña PURIFICACIÓN MARTÍNEZ MONTERO DE ESPINOSA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 13 de septiembre de 2005 se dictó sentencia en el presente rollo de Sala por la que, entre otros extremos, se condenó al pago de las costas causadas en esta alzada a los recurrentes Ignacio, Eva y Luis Angel.

SEGUNDO

Por la coapelada Allianz, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. se solicitó que se practicase la oportuna tasación de costas, llevándose a cabo por la Secretaria en fecha 28 de noviembre de 2005, y, dado traslado de la misma a la parte condenada al pago, presentó escrito impugnándola por partidas indebidas. Conferido traslado a la parte contraria, ésta se opuso a la impugnación, tras lo que se señaló para deliberación y votación, que se ha llevado a cabo por los Magistrados de esta Sección.

TERCERO

En la tramitación de este incidente han sido observadas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Por la parte condenada al pago de las costas causadas en esta alzada, se ha impugnado la tasación practicada a instancia de Allianz, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., por considerar indebida la misma dado que la entidad aseguradora fue llamada al proceso por la codemandada Sportnatura Aire Libre S.A.. Asimismo, y con carácter subsidiario, por estimar indebida la partida correspondiente a I.V.A. contenida en la minuta de honorarios del letrado que actuó en su defensa.

SEGUNDO

Centrado en los precedentes términos el objeto de la impugnación, y en relación al primer punto controvertido, se ha de decir que Allianz, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. ha comparecido en el proceso en calidad de demandada y, absuelta en primera instancia, la actora ha mantenido en esta alzada la acción dirigida contra la misma, formulando contra ella pretensiones específicas de las que se ha visto obligada a defenderse, precisando de la oportuna representación y defensa. Acción dirigida contra ella que, precisamente por haber sido rechazada, ha dado lugar a una sentencia desestimatoria del recurso, con expresa imposición de costas a la parte apelante. Pronunciamiento condenatorio que no puede quedar...

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