SAP Huesca 108/1994, 20 de Abril de 1994
Ponente | RAMIRO SOLANS CASTRO |
ECLI | ES:APHU:1994:162 |
Número de Recurso | 106/1993 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 108/1994 |
Fecha de Resolución | 20 de Abril de 1994 |
Emisor | Audiencia Provincial - Huesca, Sección 1ª |
Sentencia Apelación Civil Número 108
PRESIDENTE *
D.RAMIRO SOLANS CASTRO *
MAGISTRADOS *
D.SANTIAGO SERENA PUIG *
D.GONZALO GUTIERREZ CELMA *
*
En la Ciudad de Huesca, a veinte de Abril de mil novecientos noventa y cuatro.
Vistos en nombre del Rey por esta Audien-cia Pro-vincial, en grado de apelación y juicio oral y público, los autos de Juicio Ejecutivo, número 229 de 1992, del Juzgado de Primera Instancia de Barbastro , en el que intervinie-ron, como demandante, D. Benedicto y como demandada Automóviles Tones S.C.; siendo partes en esta alzada, como apelante la demandada ante el Juzgado, representada por el Procurador, D. José María Calavia Val y defendido por el Letrado D. José Hernán Cortés Ballarín y como apelado el que fue actor en la primera instancia, representado por el Procurador, D. Mariano Laguarta Recaj y asistido por el Abogado, D. Angel Cabrero Barles; siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado, D. RAMIRO SOLANS CASTRO.
En el referido Juicio Ejecutivo, con fecha 28 de abril de 1993, recayó sentencia que contiene el siguiente y literal: "FALLO.- Que desestimando las EXCEPCIONES DE FALTA DE PROVISION DE FONDOS y de PAGO opuestas por el ejecutado y estimando la EXCEPCION DE COMPENSACION, debo ordenar y ordeno seguir adelante la ejecución despachada contra los bienes del demandado Automóvi-les Tones S.C. hasta hacer trance y remate de los mismos y con su producto, cumplido pago al Actor de 540.000 ptas. de principal y de la cantidad que se determinará en ejecución de Sentencia, correspondiente a GASTOS E INTERESES de la cual habrán de deducirse los GASTOS E INTERESES que corresponden a la Letra Compensada y que también se determinarán en ejecución de Senten-cia; todo ello con expresa imposición de costas al ejecutado."
Notificada la anterior resolución a las partes, por la ejecutada, en tiempo y forma, se formuló el pertinente recurso de apelación, que admitido a trámite en ambos efectos, dio lugar al emplazamiento de las partes ante esta Audiencia Provincial a la que se elevaron las actuaciones; llegadas estas por la Sala se formó el oportuno rollo al que se asignó el número 106 de 1993 (B), designándose Ponente y substanciándose la impugnación por sus trámites hasta celebrar la preceptiva vista en el que la apelante pidió la revocación de la sentencia refutada y por el apelado su confirmación.
Se acogen y se tienen por reproducidos los antecedentes de hechos y argumentación legal que condujo a la Sra. Juez de Primera Instancia de Barbastro a dictar sentencia de remate en el juicio ejecutivo que constituye el objeto de esta alzada.
Se planteó el litigio aportándose para su ejecución una letra de cambio librada por Benedicto por importe de un millón de pesetas aceptada por Automóviles Tones S.C., sin que se haya planteado ningún tipo de objeción formal que negase la autenticidad de la cambial que contenía todos los requisitos exigidos por el art. 1º...
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SAP Zaragoza 38/2013, 5 de Febrero de 2013
...relación de conocimiento puedan aportarle ( S.s.T.S. 22-3-1971, 8-3-1972, 21-4-1958, 6-12-1968, 13-10-1994 y Ss.A.P. Huesca, 28-5-1993 y 20-4-1994 y Zaragoza, Secc. 5ª de 23-1-2007 Pero es que, además, en el caso presente tampoco se puede aplicar el art 1974 C.Civil . Como ha reiterada la j......