SAP Huesca 315/1992, 21 de Diciembre de 1992

PonenteSANTIAGO SERENA PUIG
ECLIES:APHU:1992:225
Número de Recurso10/1992
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución315/1992
Fecha de Resolución21 de Diciembre de 1992
EmisorAudiencia Provincial - Huesca, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 315

PRESIDENTE *

D.RAMIRO SOLANS CASTRO *

MAGISTRADOS *

D.SANTIAGO SERENA PUIG *

D.GONZALO GUTIERREZ CELMA *

*

En la Ciudad de Huesca, a vein-tiuno de diciembre de mil no-ve-cientos noventa y dos.

Vista por esta Audien-cia Provin-cial, en juicio oral y público, la causa número 1/92, rollo 10, del año 1992, proce-dente del Juzgado de Ins-truc-ción núm. 1 de Jaca, seguida por un presunto delito contra la salud pública-, contra el acusado Pedro Jesús , alias Butano, nacido en Zaragoza el 21 de febrero de 1.948, hijo de Andrés y Juana, con Documen-to Nacional de Identidad número NUM000 , divorciado, con domici-lio en Jaca, DIRECCION000 , núm. NUM001 , NUM002 d,de profesión transportista, con instrucción, con anteceden-tes penales no compu-tables en esta causa, insolvente, y en pri-sión provisional a disposición de esta causa desde el doce de febrero del presente año, en la que actúa represen-tado por el Procurador Doña María Angel Pisa Torner, con la asistencia del Letrado D. José Luis Lalaguna López; siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal; y ac-tuando como Ponente el Ilmo. Sr. Magistra-do D. SANTIAGO SERENA PUIG, quien expresa el parecer de esta Sala sobre la resolución que merece la pre- sen-te causa, en la que apare-cen y son de aplica-ción los siguien-tes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Apreciadas en con-ciencia las pruebas practica-das, las manifesta-ciones del acusado y las razones de las partes y sus defenso-res; APA-RECE PROBADO Y ASI SE DECLARA que: por tener noticias de que el acusado Pedro Jesús , mejor identifi-cado en el encabe-za- miento, pudiera dedicarse al tráfico de drogas, el doce de febrero del año en curso el Grupo Fiscal y Antidrogas de la Guardia Civil detuvo en la calle al procesado hallándole, en un bolso de mano, un envoltorio de papel blanco con 5,05 gramos de cocaína con una riqueza del 88,6 % ; en un registro llevado a cabo ese mismo día, debidamente autorizado por el Señor Juez de Instrucción de Jaca y con asistencia del Secreta-rio, fueron hallados en el piso de la DIRECCION000 s/n, NUM002 , d, ocupado por el acusado, debajo del colchón de una cama dos bolsas negras, cada una de ellas con un envolto-rio conteniendo, a su vez, tres paquetes con polvo blanco que dieron los siguientes pesos y riqueza en cocaína base 52,79 gramos y 87 %, 4,74 gramos y 64,4 %, 74,31 gramos y 8,8 %, 36,5 gramos y 31,7 %, 80,52 gramos y 28 %, 121,74 gramos y 88,2 % . Al lado de las bolsas se encontraron dos sobres con un total de 900.000 pesetas en billetes de cinco mil y diez mil pesetas. En el salón, sobre una mesa, había tres paneles de madera de unos 25 por 30 centímetros con restos de cocaína y en uno de ellos dispuestas tres " rayas " de cocaína junto con dos tarjetas de plásticopara prepararlas, recogida dio un peso de 0,30 gramos y una riqueza del 73,5 % . En otro panel, también con restos de cocaína, había una cuchilla de afeitar manchada con la misma sustancia, una balanza de dos platillos, con restos de la misma droga, y con una indicación de peso de 20 gramos y un papel enrollado para esnifar cocaína, varios trozos de papel cortados de forma que se pueden hacer papelinas. El acusado consumía esta sustancia desde hacía más de diez años presentando signos físicos de su adicción aunque no...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STS, 28 de Septiembre de 1993
    • España
    • 28 Septiembre 1993
    ...de casación por infracción de ley yquebrantamiento de forma, interpuesto por el procesado Íñigo , contra Sentencia de la Audiencia Provincial de Huesca, de fecha 21 de diciembre de 1992 en causa seguida contra el mismo, por delito contra la salud pública. Condenamos a dicho recurrente al pa......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR