SAP Huesca 196/1995, 4 de Septiembre de 1995
Ponente | SANTIAGO SERENA PUIG |
ECLI | ES:APHU:1995:320 |
Número de Recurso | 83/1993 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 196/1995 |
Fecha de Resolución | 4 de Septiembre de 1995 |
Emisor | Audiencia Provincial - Huesca, Sección 1ª |
Sentencia Apelación Civil Número 196
PRESIDENTE *
D.SANTIAGO SERENA PUIG *
MAGISTRADOS *
D.GONZALO GUTIERREZ CELMA *
D.RAMIRO SOLANS CASTRO *
En la Ciudad de Huesca, a cuatro de septiembre de mil novecientos noventa y cinco.
Vistos en nombre del Rey por esta Audien-cia Pro-vincial el presente incidente, derivado de la impug-nación de la tasación por indebidas, producido en el Rollo de apelación seguido ante este Tribunal con el nº 83/93, dimanan-te del Juicio de Menor Cuantía nº 187/92 del Juzgado de Primera Ins-tancia e Instruc-ción número 2 de Jaca, en el que son promotores del mismo Construcciones Marco, S.A., representado por el Procurador don Manuel Bonilla Sauras y defendido por el Letrado don Carlos Laliena Sipán, y Cerberus Protección, S.A., repre-sentado por el Procurador don Francisco Francoy Sopena y defendi-do por el Letrado don Carlos Rubio Vivas, frente a Pedro Jesús , represen-tado por el Procurador don Mariano Laguarta Recaj y defendido por el Letrado don Jesús García Huici, Eléctricas Reunidas de Zaragoza, S.A., representada por el Procurador don Fernando Coarasa Gasós y defendida por la Letrada doña Marta Senar Santa-Cruz, compareciendo también Lucio , representa-do por la Procuradora doña Teresa Ortega Navasa y defendida por el Letrado don Adolfo Martínez Aloras; en el que actúa como Ponente el Ilmo. Sr. Magis-trado don SANTIAGO SERENA PUIG,- quien expresa el pare-cer de esta Sala sobre la resolu-ción que merece el presen-te recurso-, aparecen y son de aplica-ción los si-guien-tes:
En los autos y rollo antes reseñados, formados con motivo de la demanda y recurso formulado por Lucio , contra las compañía mercan-tiles Construcciones Marco, S.A., Cerberus Protección, S.A. -que recurrieron la sentencia- Eléctricas Reunidas de Zaragoza, S.A., Pedro Jesús y Pedro Antonio , como deman-dados, se dictó senten-cia en primera instancia que, como ya se ha adelantado, fue recurri-da por el deman- dante y dos de los demandados, dictándose sentencia en esta segunda instancia el veinticuatro de octubre de mil novecientos noventa y cuatro, con la siguiente parte dispositiva: "Que estimando en parte el recurso de apelación formulado por la representación de Lucio , y desestimando el recurso de apelación inter-puesto por la represen-tación de Construc-ciones Marco S.A. y Cerberus Protección S.A., debemos revocar y revocamos parcialmente la sentencia dictada el día catorce de junio de mil novecientos noventa y tres por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Jaca , en los autos anterior-mente circunstan-ciados, condenando a Pedro Antonio a que abone al actor la cantidad de treinta millones de pesetas, solida- riamente con los demás condenados en la primera instancia, confir-mando laindicada resolución en los restantes pronunciamientos, con imposición de las costas de esta alzada a los recurrentes Construc-ciones Marco S.A. y Cerberus Protección S.A., cuyos pedimentos son totalmente rechazados, y sin hacer pronunciamiento sobre las costas ocasio-nadas por el recurso del...
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