SAP Madrid 207/1999, 22 de Abril de 1999

PonenteMARIA DEL PILAR DE PRADA BENGOA
ECLIES:APM:1999:5309
Número de Recurso102/1998
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución207/1999
Fecha de Resolución22 de Abril de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 4ª

SENTENCIA N° 207/99

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

ILMOS. SRES. SECCIÓN CUARTA

PRESIDENTE

Dª. Mª PILAR OLiVÁN LACASTA

MAGISTRADOS

D. ALEJANDRO Mª BENITO LÓPEZ

Dª. Mª PILAR DE PRADA BENGOA

En Madrid, a veintidós de abril de mil novecientos noventa y nueve.

VISTA en segunda instancia ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, el Procedimiento Abreviado n° 250/97, procedente del Juzgado de lo Penal n° 2 de Alcalá de Henares, seguido de oficio por un delito de roba, contra el acusada

Abelardo , conforme al procedimiento establecido en los arts. 790 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , venido a conocimiento de este Tribunal a virtud del recurso de apelación interpuesto en tiempo y forma por el Ministerio Fiscal, contra la sentencia dictada en fecha 20 de enero de 1998; habiendo sido partes en la substanciación del recurso el Ministerio Fiscal, y dicho acusado, representado por la Procuradora Dª. Ana Lourdes González Olivares y defendido por la Letrada Dª. M. Carmen Sanz Pozo, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dña. Mª PILAR DE PRADA BENGOA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal n° 2 de Alcalá de Henares, can fecha 20 de enero de 1998, se dictó sentencia cuyos "HECHAS PROBADOS" dicen:"Expresamente se declara probado que dos personas, sobre las 4,45 horas del día 21 de enero de 1996 accedieron al interior de una tienda de confección, propiedad de Marí Juana y otra persona no identificada en autos, sita, en la c/ DIRECCION001 de Torrejón de Ardoz y denominada " DIRECCION000 ", fracturando a tal efecto la puerta de entrad a y su correspondiente cierre. Una vez en su interior sacaron género dispuesto para la venta a fin de cargarlo en un vehículo Nissan Patrol matricula F-....-AG que T había sido denunciado como - sustraido ese mismo dio en diligencias policiales n° NUM000 de la Comisaría de ventas en Madrid por su propietario Vicente , y que se encontraba en la puerta del establecimiento con una tercera persona al volante. Tras ser comisionados por tener noticia de los hechos, se presentaron en el lugar dos patrullas de la policía local de Torrejón de Ardoz compuestas respectivamente por los policías con antiguo carné profesional n° NUM001 y NUM002 , y NUM003 y NUM004 , que procedieron a la detención del acusado que se juzga en esta resolución y del imputada que se haya en situación de rebeldía procesal, quienes se encontraban en las inmediaciones del establecimiento, mientras que el conductor del vehículo Nissan se daba, con éste, a la fuga.

Los daños del establecimiento fueron valorados en 36.819 pías. Consta en autos valoración de los sutraido y no recuperado, por importe de 1.302.810 ptas., y de lo recuperado por importe de 39.160 ptas.".

Y cuyo "FALLO" dice:

"Fue absuelvo a Abelardo de los hechas que se le imputaban por falta de pruebas con declaración del pago de las costas procesales de oficio".

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes personarlas, par el MINISTERIO FISCAL, se interpuso el recurso de apelación que autoriza el art. 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , alegando error en la apreciación de las pruebas.

TERCERO

Admitido el recurso y efectuado el correspondiente traslado a las demás partes, impugnó el recurso la defensa de Abelardo y se remitieron los autos originales a este Tribunal, formándose el oportuno rollo de Sala, y señalándose para su resolución el día 21 de los corrientes.

II.

HECHOS

PROBADOS

No se aceptan los contenidos en la sentencia de instancia que se sustituyen por:

Sobre las 4,45 horas del día 21 de enero de 1996, el acusado Abelardo , mayor de edad y sin antecedentes penales, en unión y pleno concierto con otra persona no enjuiciada en el momento presente, después de apalancar el cierre de la tienda de prendas de confección " DIRECCION000 " sita en la calle DIRECCION001 de Torrejón de Ardoz, propiedad de Doña Marí Juana , lograran penetrar en el establecimiento, procediendo a coger diversas prendas para cargarlas en el vehículo que estaba en el exterior con una persona a su frente, la cual les esperaba para ayudarles a huir.

A1 percibir la llegada de la policía municipal, Abelardo y su compañero salieron corriendo de la tienda, llevando el primero la palanqueta utilizada y un radiocassette que no se ha acreditado que procediera del establecimiento; y el segundo prendas procedentes del mismo, valoradas en 29.060 ptas. Siendo ambos detenidos sin solución de continuidad por la policía municipal, que hallándose en las inmediaciones del lugar acababan de recibir el aviso de que se estaban cometiendo las hechos.

El conductor del referido vehículo huyó del lugar después de intentar que en el coche se subieran sus compañeros, para alejarlos del lugar; el citado vehículo iba lleno de ropa, sin que se haya plenamente acreditado que procediera del citado...

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