SAP Asturias 613/1998, 3 de Diciembre de 1998

PonenteJOSE MARIA ALVAREZ SEIJO
ECLIES:APO:1998:3904
Número de Recurso909/1997
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución613/1998
Fecha de Resolución 3 de Diciembre de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 5ª

SENTENCIA N° 613

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE

DON JOSÉ MARIA ALVAREZ SEIJO

MAGISTRADOS

DOÑA MARTA JOSÉ PUEYO MATEO

DON JULIO CARBAJO GONZÁLEZ

En la ciudad de Oviedo, a tres de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.

VISTOS, en grado de apelación, por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio de. Menor Cuantía n° 0716/96, procedentes del Juzgado de PRIMERA INSTANCIA 4 DE GIJON, Rollo de Apelación n° 0909/97, entre partes, como apelante y demandante, DON José , representado por el Procurador Don Ignacio López González, y baja la dirección del Letrado Don Alejandro Alvargonzález Tremols; y, como apelada y demandada, PROYECTOS E INSTALACIONES DE MATERIAL URBANO S.A. (PRIMUR S.A.), representada por la Procuradora Doña Soledad Tuñón Alvarez, y bajo la dirección de la Letrada Doña Belen Reyero de Aldama, sustituida en el acto de la vista por su compañero Don Rafael Aldama Caso.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan las antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.

SEGUNDO

EL Juzgado de PRIMERA INSTANCIA 4 DE GIJON dictó Sentencia, en los autos referidas, con fecha dieciocho de setiembre de mil novecientos noventa y siete , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por el Procurador Don Pedro Pablo Otero Fanego, en nombre y representación de Don José , contra la entidad mercantil "Proyectos e Instalaciones de Material Urbano, S.A. (PRIMUR S.A.), que representada por la Procuradora Daña Eva María Arbesú García, y en consecuencia, absuelvo a la misma de las pretensiones de la contra parte. Se impone al demandante el pago del total de las costas causadas".

TERCER

Notificada la anterior Sentencia a las partes, por la representación de la parte actora se interpuso Recurso de Apelación, que fue admitido en ambos efectos remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial donde se personaron las partes expresadas, y, cumplidos los oportunos traslados, se señaló para la vista del recurso el día treinta de noviembre de mil novecientos noventa y ocho, en cuyo acto la parte apelante solicitó revocar la sentencia, dictando otra que estime la demanda, y la apelada solicitó confirmar la sentencia, con costas.

CUARTO

En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.VISTAS, siendo Ponente el Ilmo. Sr/a. PRESIDENTE DON JOSÉ MARIA ALVAREZ SEIJO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se alza el recurrente Don José contra la sentencia dictada en el procedimiento de menor cuantía n° 716/96 del Juzgado n° 4 de Gijón que desestimó la demanda par aquél interpuesta frente a la mercantil Proyectas e Instalación de Material Urbano S.A.(PRIMUR S.A.) y por la que ejercitando la acción de impugnación de acuerdos sociales solicitaba la nulidad de la Tonta General de dicha sociedad y subsidiariamente la nulidad de los acuerdas relativos a la aprobación de cuentas anuales del ejercicio del año 1.995 y del informe de gestión. En su escrito rector basó su pretensión el actor en dos cuestiones: a) La infracción del derecha a la información; b) No reflejar las cuentas anuales fielmente la situación financiera y de resultados de la sociedad.

SEGUNDO

El derecho a la información aparece contemplada básicamente en los artículos 112 y 212 del texto actual de la L.S.A . conforme a este...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Valencia 262/2006, 29 de Junio de 2006
    • España
    • 29 Junio 2006
    ...tienen cabal conocimiento de los libros de cuentas y documentos de la sociedad, aplicando, al efecto, la Sentencia de la Audiencia Provincial de Oviedo de 3 de diciembre de 1998 , la doctrina de los propios actos al dimitido socio administrador que solicitaba como socio información sobre la......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR