SAP Madrid 213/1999, 28 de Abril de 1999

PonenteANA ROSA NUÑEZ GALAN
ECLIES:APM:1999:5668
Número de Recurso128/1999
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución213/1999
Fecha de Resolución28 de Abril de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 6ª

SENTENCIA N° 213/99

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION SEXTA

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. PEDRO JAVIER RODRIGUEZ GONZALEZ-PALACIOS

MAGISTRADOS

D. FRANCISCO JESUS SERRANO GASSENT

D°. ANA ROSA NUÑEZ GALAN

En Madrid, a 28 de Abril de 1.999.

VISTAS, en segunda instancia, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial de Madrid, las presentes Diligencias seguidas por el tramité dé procedimiento abreviada, en virtud del recurso de apelación interpuesta par Carlos , contra la sentencia dictada por la Iltma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal n° 13 de Madrid, de fecha 3 de Diciembre de 1.998 , en la causa citada al margen.

VISTO, siendo Ponente la Magistrada de la Sección, Iltma. Sra. Dª. ANA ROSA NUÑEZ GALAN, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Iltma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal n° 13 de Madrid, se dicta sentencia, de fecha 3 de Diciembre de 1.998 , cuyo relato fáctico es el siguiente: " Sobre las 18 horas del día 6-2-98, Carlos , mayor de edad y sin antecedentes penales, conducía el vehículo Saab W-....-WC por la autovía M-40 procedente de la A-10 cuando al llegar al Km. 3,850, pierde el control del vehículo saliéndose de la vía por su margen izquierdo- Una vez que la Guardia Civil acude al lugar donde ve el vehículo y al observar en el acusado síntomas evidentes de hallarse bajo los efectos del alcohol solicita la presencia en el lugar de los hechos de un equipo de alcoholemia, que una vez practicada al acusado arrojan un resultado positivo de 0,56 y 0,64 miligramos de alcohol por litro de sangre.

Practicada al acusado la extracción sanguínea el resultado obtenido es de 1,09 gramos de alcoholpor litro de sangre.

Y cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: " Condeno a Carlos , como auto responsable de un delito contra la seguridad del tráfico del art. 379 del Código Penal , sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de 3 meses de multa con una cuota diaria de 1.000 pts con arresto sustitutorio en caso de impago de un día por cada dos cuotas impagadas, y privación del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotor por tiempo de un año y un día, y al pago de las costas del juicio.

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso, en tiempo y forma, por la Procuradora Dª. Aurora Gómez Iglesias, en representación del condenado en la instancia, recurso de apelación, que basó en los motivos que se recogen en esta resolución. Admitido el recurso, se dio traslado del mismo a las demás partes personadas, remitiéndose las actuaciones ante esta Audiencia Provincial.

TERCERO

En fecha 8 de Marzo de 1.999, tuvo entrada en esta Sección Seta el precedente recurso, formándose el correspondiente rollo de apelación y por auto de fecha 9 de Marzo de 1.999 se acordó denegar la prueba testifical solicitada para su práctica en esta segunda instancia, fijándose la audiencia del día 27 de Abril de 1.999 para la deliberación y resolución del recurso.

CUARTO

SE ACEPTAN los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida, en cuanto no se opongan a los presentes.

II FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

SE ACEPTAN los razonamientos jurídicos de la sentencia apelada.

SEGUNDO

El apelante centra el presente recurso en la existencia de error en la apreciación de las pruebas, al haberse estimado la existencia de ingesta alcohólica que influía en la conducción del acusado.

La conducción de vehículos a motor requiere unas circunstancias psicosomáticas de concentración, destreza, pericia y atención que son incompatibles con la ingestión inmoderada de bebidas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 artículos doctrinales
  • Delitos relativos a la propiedad intelectual e industrial, al mercado y a los consumidores
    • España
    • Tratado de Derecho Penal Español. Tomo 2 - Volumen 1 Sumario Título XIII. Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico
    • 1 d6 Janeiro d6 2005
    ...de 19 de diciembre de 1998 habla, en esta línea, de crear inseguridad en las posibilidades competitivas de la empresa. SAP de Madrid de 28 de abril de 1999. SAP de Zaragoza de 3 de diciembre de Vid. SAP de Alicante de 19 de diciembre de 1998. SAP de Huesca de 27 de julio de 1999. SAP de Zar......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR