SAP Barcelona 447/1999, 19 de Mayo de 1999

PonenteJAVIER ARZUA ARRUGAETA
ECLIES:APB:1999:5026
Número de Recurso431/1998
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución447/1999
Fecha de Resolución19 de Mayo de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 2ª

SECCIÓN SEGUNDA

ROLLO N°- 431/98

Pº ABREVIADO Nº 114/97

JUZGADO DE LO PENAL N°- 2 DE BARCELONA.

.SENTENCIA N ú m. 447

Ilmos. Sres.

D. PEDRO MARTÍN GARCÍA

D. JAVIER ARZÚA ARRUGAETA

D. JOSE CARLOS IGLESIAS MARTÍN

En la ciudad de Barcelona, a diecinueve de mayo de mil novecientos noventa y nueve.

VISTO, en grado de apelación, ante la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, el presente rollo de apelación n°- 431/98, dimanante del Procedimiento Abreviado n°- 114/97, procedente del Juzgado de lo Penal n°- 2 de Barcelona, seguido por un delito de robo, contra Alonso y Gabriel ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Sr. Banús Gasol en- nombre y representación de Alonso , contra la Sentencia dictada en los mismos el día 27 de febrero de 1998, por la Sra. Juez Idel expresado Juzgado , con intervención del Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que condeno a Alonso y Gabriel como autores responsables dé un delito de- ROBO CON FUERZA EN- LAS COSAS en grado de tentativa y de un delito de ALLANAMIENTO EN ESTABLECIMIENTO PUBLICO, con la concurrencia en el primer y en relación al delito de robo con fuerza la agravante de reincidencia y sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, en el segundo a la pena para Alonso de NUEVE MESES DE PRISIÓN, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena por el delito de robo con fuerza y SEIS MESES DE PRISIÓN, inhabilitación 1 especial para el derecho dé sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de seis meses con una cuota diaria de mil pesetas, responsabilidad personal subsidiaria de 90 días en caso de impago para el delito de allanamiento, pago de la mitad de las costas.- Y a las penas para Gabriel de SEIS MESES DE PRISIÓN, inhabilitación, especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena por el delito de robo con fuerza y SEIS MESES DE PRISIÓN, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y MULTA DE SEIS MESES con una cuota diaria de mil pesetas responsabilidad personal subsidiaria de 94 días en caso de impago para e1 delito de allanamiento y pago de la mitad de las costas.- Y a que indemnicen de forma conjunta y solidaria a Bernardo en la cantidad de

24.940.- pesetas".

SEGUNDO

Admitido el recurso y de ¿conformidad con lo establecido en el art. 195.4º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , no siendo preceptivo el emplazamiento y comparecencia de las partes, se siguieron los trámites legales de esta alzada y quedaron los autos vistos para sentencia.

TERCERO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado

D. JAVIER ARZÚA ARRUGAETA.

Se aceptan los "Hechos...

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    ...intensidad, sin perjuicio del derecho de repetición, pues en otro caso carecería de contenido el contrato ( sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona de 19 de mayo de 1999 ). Esta Sala comparte ese criterio pero es que, además y al margen de ello, para que la exclusión pudiera opera......

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