SAP Valencia 307/2001, 3 de Mayo de 2001

PonenteANTONIO PARDO LLORENS
ECLIES:APV:2001:2746
Número de Recurso79/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución307/2001
Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 9ª

SENTENCIA NÚM: 307/01

Ilustrísimos Sres.:

PRESIDENTE

Dª Mª CARMEN ESCRIG ORENGA

MAGISTRADOS

D. GONZALO CARUANA FONT DE MORA

D. ANTONIO PARDO LLORENS

En la ciudad de Valencia a, tres de mayo de dos mil uno.

Vistos por la Sección Novena de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, siendo Ponente el Ilmo. Sr.

D. ANTONIO PARDO LLORENS, el presente rollo de apelación número 79/01, dimanante de los autos de Juicio de Menor Cuantía, promovidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 7 de los de Valencia, bajo el número 517/96, entre partes; de una, como demandante apelante a D. Simón y Dª Valentina , representados por el Procurador de los Tribunales D. ANTONIO GARCIA REYES COMINO, de otra como demandado apelado a INTERNATIONALE NEDERLANDEN LEASINTER, representado por el Procurador de los Tribunales D. ONOFRE MARMANEU LAGUIA, y de otra como demandado apelado a D. Augusto , representado por el Procurado de los Tribunales Dª ALICIA SUAY CASADO, no habiendo comparecido en esta alzada el demandado OLBE S.A., en virtud del recurso de apelación interpuesto por los demandantes.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia apelada pronunciada por el Ilmo. Sr. Juez de Primera Instancia número 7 de los de Valencia, en fecha veintisiete de diciembre de mil novecientos noventa y nueve, contiene el siguiente FALLO: "Que desestimando la excepción alegada por la parte codemandada, entrando a conocer de la cuestión de fondo; y desestimando el suplico de la demanda interpuesta por Simón Y Valentina DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO A LA ENTIDAD MERCANTIL INTERNATIONALE NEDERLANDEN LEASINTER SAF S.A., A LA ENTIDAD MERCANTIL OLBE S.A. Y A Augusto de la pretensión de la parte actora, y en consecuencia no procede hacer la declaración de propiedad pretendida por la parte actora ni el alzamiento de los embargos. Imponiéndose las costas procesales a la parte demandante.- Contra esta resolución..."

SEGUNDO

Que contra la misma, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por los demandantes, que fue admitido en ambos efectos y, previo emplazamiento de las partes, se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial, compareciendo las partes, tramitándose la alzada, con celebración de la Vista correspondiente el día 27 de Abril de 2001, a cuyo acto asistieron los letrados y las representaciones de las partes que constan en la diligencia de vista extendida a tal efecto, solicitando se dictara sentencia conforme a las pretensiones de sus respectivos patrocinados.TERCERO.- Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Ante el hecho de que "Internationale Nederlanden Leasinter S.A." planteó juicio ejecutivo contra "Olbe S.A."; derivado de un contrato de "leasing", en el que Augusto había intervenido como avalista y se dirigía contra estos dos, y en tal procedimiento se embargaron bienes inmuebles, Simón y su madre Valentina , plantean tercería de dominio sobre aquellos bienes trabados, que son tres urbanas, fincas NUM000 y NUM001 del Registro de la Propiedad de Viver; y la nª NUM002 del Registro de la Propiedad de Sagunto; la rústica nº NUM003 de Viver; otra rústica situada en "subida de Jérica", finca NUM004 del Registro de Viver; por ser sendas quintas partes indivisas de cada una, de uno y otro de los demandantes y piden que asi se declare y se alce el embargo practicado en el juicio ejecutivo mencionado; los actores renunciaron después a oponerse al embargo existente sobre la dicha nº NUM001 ; la sociedad demandada contestó oponiéndo que el contrato en el que fundan su derecho los terceristas es nulo por simulación absoluta y no llegaron a adquirir propiedad sobre las fincas, y solicitó que se...

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