SAP Cáceres 94/1998, 28 de Abril de 1998

PonenteSALVADOR CASTAÑEDA BOCANEGRA
ECLIES:APCC:1998:419
Número de Recurso387/1997
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución94/1998
Fecha de Resolución28 de Abril de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Cáceres, Sección 1ª

SENTENCIA NUM. 94/98

Ilmos.Sres:=

PRESIDENTE:=

DON SALVADOR CASTAÑEDA BOCANEGRA=

MAGISTRADOS:=

DON JOSÉ ANTONIO BALLESTERO PASCUAL

DON FERNANDO JIMÉNEZ LÓPEZ

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Rollo Sala nº 387/97=

Autos núm. 117/96. Juzgado de Trujillo núm. 2 =

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En la ciudad de Cáceres, a veintiocho de abril de mil novecientos noventa y ocho.

Habiendo visto ante esta Audiencia Provincial de Cáceres el rollo de apelación al principio referenciado, dimanante de los autos de Juicio de Menor Cuantía nº. 117/96, del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Trujillo, siendo apelante D. Baltasar , representado por el Procurador Sr. Crespo Candela y defendido por la Letrado Sra. Díaz Múñoz y como apelados: Dª. Carmela , Dª. Esperanza , Dª. Julieta y D. Germán , representados por el Procurador Sr. Gutiérrez Lozano y defendidos por el Letrado Sr. Vaquero Pérez.

ANTECEDENTES HECHOS

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Trujillo se dictó sentencia de fecha once de Noviembre de mil novecientos noventa y siete en los autos de referencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " FALLO.- Que estimando como estimo la demanda presentada por la Procuradora Sra.Morano Masa debo condenar y condeno al demandado D. Baltasar a la rendición de cuentas del mandato existente entre Dª. Valentina y dicho demandado y, así mismo, el reintegro de cuantos bienes y acciones haya percibido en beneficio de la mandante, una vez queden determinados los mismos en ejecución de sentencia, con expresa condena en las costas procesales de esta instancia".

SEGUNDO

Contra referida resolución se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por la parte demandada, el que fue admitido a trámite, y previo emplazamiento de las partes se remitieron las actuaciones a esta Sala.

TERCERO

Recibidos que fueron los autos originales, se liquidó el término del emplazamiento, se turnaron de ponencia, e instruidas las partes, se señaló día para la vista del recurso en cuyo acto, por los letrados de las partes, se solicitaron en su informe sus respectivas pretensiones .

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS y siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. SALVADOR CASTAÑEDA BOCANEGRA.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Se aceptan los de la sentencia apelada.

PRIMERO

Para una mejor comprensión del tema litigioso sometido al conocimiento de la Sala, hemos de hacer una breve pero necesaria referencia a los hechos de que deviene y trae causa la acción de rendición de cuentas exigidas por la representación de Dª. Carmela al demandado, hoy recurrente, D. Baltasar . Es un hecho no controvertido que en vida de Dª. Valentina , tenía apoderado para la gestión de todos sus bienes y derechos por Escritura Pública otorgada en Madrid el 19 de Abril de l.977, ante el Notario

D. Julián Dávila García, a su hermano D. Baltasar . El día 19 de Diciembre de l.994, Dª. Valentina fallece habiendo otorgado testamento con fecha 23 de Octubre de l.990, ante el notario del Navalcarnero D. Rafael Fontán Fernández - Villacañas en cuya cláusula primera legaba a Dª. Carmela la cantidad de 4.500.000 pesetas y en la segunda instituía heredero universal a su hermano Baltasar . Con fecha 20 de Enero de

l.995 Carmela envía una carta a su tío Baltasar , comunicándole entre otros extremos que, como en el testamento de Dª. Valentina aparece como legataria, le ruega se ponga en contacto con ella para dar efecto a dicho testamento. Con fecha 18 de mayo de l.995, ante el Notario de Trujillo D....

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