SAP Cáceres 188/1998, 21 de Julio de 1998

PonenteMARIA ROSARIO ROCIO ESTEFANI LOPEZ
ECLIES:APCC:1998:664
Número de Recurso146/1998
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución188/1998
Fecha de Resolución21 de Julio de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Cáceres, Sección 2ª

SENTENCIA num 188/98

ILTMOS. SRES:

PRESIDENTE

D. SALVADOR CASTAÑEDA BOCANEGRA

MAGISTRADOS

DON PEDRO V. CANO MAILLO REY

Dª Mª ROSARIO ESTEFANI LÓPEZ

-ROLLO 146/98, AUTOS 398/97

TIPO PROCEDIMIENTO: EJECUTIVO

SOBRE RECLAMACION DE CANTIDAD, INTERESES Y COSTA

JUZGADO CÁCERES 3

En la Ciudad de Cáceres a veintiuno de julio de mil novecientos noventa y ocho.

Vistos y oídos en grado de apelación ante la Sección Segunda de esta Iltma. Audiencia Provincial, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se expresan, los autos que en dicho margen se referencian, tramitados a demanda de BANSANDER DE LEASING S.A., que ha estado representado por el Procurador Sr. Leal López, y ha contado con la dirección letrada de Don Jaime Velazquez García, contra TURISMO ALOJAMIENTO REGIONAL S.L. que ha estado representado por el Procurador Sr Garrido Simón, y ha contado con la dirección letrada de Don Basilio Hermoso Ceballos y Dª. Valentina Y D Jorge que se encuentran en situación de rebeldía; obrando indicados autos ante este Tribunal a virtud del recurso interpuesto contra la resolución dictada por el Juzgado que al margen se referencia.

ANTECEDENTES DE HECHOS

Se aceptan como antecedentes de hechos los de la resolución recurrida.

PRIMERO

Que por el Juzgado de Cáceres 3, en fecha 2 de febrero de 1998, en los autos 398/97, se ha dictado sentencia cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: "FALLO: Desestimo la demanda de oposición formulada por el Procurador Sr. Garrido Simón en nombre y representación de TURISMO ALOJAMIENTO REGIONAL S.A.L. CONTRA la ejecución despachada a instancia de BASANDER DE LEASING S.A., y en su virtud, mando seguir adelante la ejecución contra los bienes de los demandados hasta hacer trance y remate de los mismos y con su producto pago a la actora de la cantidad de TRES MILLONES QUINIENTAS TREINTA Y SEIS MIL SEISCIENTAS SETENTA Y SIETE PESETAS ( 3.536.677 PTS) de principal, más UNMILLON TRESCIENTAS MIL PESETAS (1.300.000 PTS), que se calculan para intereses, gastos y costas, sin perjuicio de ulterior liquidación; con expresa imposición de costas a la parte demandada."

SEGUNDO

Contra la anterior resolución por la parte demandada, se interpuso recurso de apelación que fue admitido en ambos efectos acordándose remitir los autos a este Tribunal previo emplazamiento de las partes por término legal, como así se ha efectuado, y llegados los autos se formó el oportuno rollo de Sala al que se le ha dado el num. 146/98, de registro; y previos los trámites de ley, se señaló para la VISTA EL DIA 15 de julio de 1998, A LAS 12, de sus horas en que tuvo lugar con asistencia de los Letrados de las partes; y finalizada...

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