SAP Zaragoza 648/2001, 7 de Noviembre de 2001

PonenteANTONIO LUIS PASTOR OLIVER
ECLIES:APZ:2001:2550
Número de Recurso354/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución648/2001
Fecha de Resolución 7 de Noviembre de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 5ª

SENTENCIA Nº648/2001

ILMOS. Señores:

Presidente Acctal

D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER

Magistrados:

D. JUAN IGNACIO MEDRANO SÁNCHEZ

D. ROBERTO GARCÍA MARTÍNEZ

En Zaragoza a siete de Noviembre de dos mil uno.

En Nombre de S.M. El Rey

Vistos por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, en grado de apelación los autos de juicio de Cognición seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia Número Diez de Zaragoza con el Número 851/2000, compareciendo como parte apelante, la demandada SUN ALLIANCE representada por el Procurador D. Luis Celma Benages y dirigida, por el Letrado D. Francisco Javier Navarro Celma y como apelada, la demandante, Dª Julieta representada por la Procuradora Dª Belén Gabián Usieto y dirigida, por la Letrada Dª Cristina Lucientes García, en el que recayó sentencia con fecha 26 de Abril de 2001, siendo Ponente el Ilmo. Señor Magistrado D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los que figuran en la sentencia apelada, cuya parte dispositiva dice: Que estimando la demanda interpuesta por Dª Julieta contra Sun Alliance en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la demandada al abono a la actora de la suma reclamada en cuantía de quinientas dos mil seiscientas cuarenta y seis pesetas (502.646.- ptas.) por defensa jurídica, mas los intereses incrementados en el recargo por mora del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro y las costas procesales.".

SEGUNDO

Notificada la Sentencia a las partes, por La representación de la parte demandada, se interpuso en tiempo forma contra la misma, recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos. Dado traslado a la parte demandante, lo impugnó. Remitiéndose las actuaciones la Audiencia Provincial, Sección Quinta.

TERCERO

Recibidos los autos, formado el correspondiente rollo se les asigno el Número 354 de 2001. No habiéndose recibido el juicio a prueba en segunda instancia, ni considerado necesario la celebración de vista se señaló para deliberación votación y fallo el día 22 de Octubre de 2001 a las 10,25 horas en que tuvo lugarCUARTO - En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan en parte los de la sentencia recurrida, y

PRIMERO

El recurso de apelación de la aseguradora "Sun Alliance" hay que incardinarlo en los derechos de defensa jurídica del asegurado dimanantes del seguro de responsabilidad civil voluntaria derivada de la circulación. El contenido del artículo 76-g) de la ley del contrato de seguro, en relación con el 74 del mismo texto legal y con el contendido de las condiciones particulares y generales (artículo 10) de la póliza que cubría el accidente del que deriva este pleito, así permiten deducirlo. No estamos ante un contrato autónomo de "defensa jurídica", sino ante la defensa...

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