SAP Huesca 290/1998, 7 de Octubre de 1998

PonenteANGEL MARIA IRIBAS GENUA
ECLIES:APHU:1998:478
Número de Recurso184/1998
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución290/1998
Fecha de Resolución 7 de Octubre de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Huesca, Sección 1ª

Sentencia Apelación Civil Número 290

PRESIDENTE *

D.GONZALO GUTIÉRREZ CELMA *

MAGISTRADOS *

D.ANGEL IRIBAS GENUA *

D.ANTONIO ANGÓS ULLATE *

*

En la Ciudad de Huesca, a siete de octubre de mil novecientos noventa y ocho.

Vistos en nombre del Rey por esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº I de Huesca, como juicio Verbal Civil registrado al número 445/97 , promovido por don Ángel Daniel como demandante, contra don Pedro y El Consorcio de Compensación de Seguros, como demandados; pendientes ante esta Audiencia Provincial en virtud del presente recurso de apelación, tramitado al número 184 del año 1998 e interpuesto por el citado demandante y por el demandado Consorcio de Compensación de Seguros, en el que actúa como Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado don ANGEL IRIBAS GENUA, quien expresa el parecer de esta Sala sobre la resolución que merece el presente recurso, en el que aparecen y son de aplicación los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Aceptamos y damos por reproducidos los señalados en la resolución impugnada.

SEGUNDO

El indicado Juzgado de Primera Instancia, en el procedimiento anteriormente circunstanciado, dictó la Sentencia recurrida cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "Fallo.- Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador doña Marta Pardo Ibor, en representación de don Ángel Daniel , contra don Pedro y el Consorcio de Compensación de Seguros, debo condenar y condeno a los demandados a que paguen solidariamente a la actora la suma de 560.783 ptas., excluyendo de dicha suma la cantidad de 70.000 ptas. en concepto de franquicia a favor del Consorcio, más los intereses legales desde la presentación de la demanda y las costas procesales."

TERCERO

Notificada la indicada Sentencia a los interesados, interpuso el demandante y el demandado Consorcio de Compensación de Seguros el presente recurso de apelación, alegando los motivos que luego se estudiarán y solicitando, el demandante-apelante se modifique la sentencia de instancia en lo relativo a la condena al Consorcio al pago de los intereses penitenciales, sin hacer expresa condena en las costas del recurso. Por el demandado-apelante, se solicitó la íntegra desestimación de la acción ejercitada en la demanda; dicho recurso fue admitido, dándose traslado a la parte contraria por un plazo de cinco días para que pudiera impugnarlo, en cumplimiento de lo regulado en el artículo 734 de laLey de Enjuiciamiento Civil , trámite que fue utilizado por la parte demandante-apelante, pidiendo la desestimación del recurso interpuesto de contrario, elevándose seguidamente los autos a esta Sala, en la que quedaron registrados al número 184/1998, procediéndose a la deliberación de esta resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia impugnada condena al Consorcio de Compensación de Seguros a pagar a la actora, solidariamente con el codemandado, 490.783 ptas. como consecuencia del accidente de circulación ocurrido el 1 de enero de 1997 en el que el vehículo del actor sufrió los daños que se reclaman. Contra dicho pronunciamiento se alzó el citado Organismo aduciendo que en la fecha del accidente el vehículo causante de los daños se hallaba...

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