SAP Huesca 314/1998, 20 de Octubre de 1998

PonenteANTONIO ANGOS ULLATE
ECLIES:APHU:1998:503
Número de Recurso216/1998
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución314/1998
Fecha de Resolución20 de Octubre de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Huesca, Sección 1ª

Sentencia Apelación Civil Número 314

PRESIDENTE *

D. GONZALO GUTIÉRREZ CELMA *

MAGISTRADOS *

D. ÁNGEL IRIBAS GENUA *

D. ANTONIO ANGÓS ULLATE *

*

En la ciudad de Huesca, a veinte de octubre de mil novecientos noventa y ocho.

Vistos en nombre del Rey por esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Jaca, como juicio de menor cuantía registrado al número 225/97 , promovido por Manuel y María Esther , como demandantes, contra la compañía Promociones y Asesoría Financiera, S.A., como demandada; pendientes ante esta Audiencia Provincial en virtud del presente recurso de apelación, tramitado al número 216 del año 1998, interpuesto por la citada demandada, que actúa en esta alzada representada por el procurador don Fernando Coarasa Gasós y defendida por el letrado don Fernando Garcés Olozagarre. Han comparecido también ante este Tribunal, para la sustanciación del recurso, en su calidad de apelantes por vía de adhesión, los expresados demandantes, representados por la procuradora doña Esther del Amo Lacambra y defendidos por el letrado don Emilio Echevarría Burillo. Actúa como ponente el Ilmo. Sr. Magistrado don ANTONIO ANGÓS ULLATE.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Aceptamos y damos por reproducidos los señalados en la resolución impugnada.

SEGUNDO

El indicado Juzgado de Primera Instancia, en el procedimiento anteriormente circunstanciado, dictó la sentencia recurrida el día 20 de abril de 1998 , cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "FALLO = ESTIMO PARCIALMENTE LA DEMANDA formulada por el Procurador Sra. De Donesteve en nombre y representación de D. Manuel y Dª María Esther contra Promociones y Asesoría Financiera S.A. y en su virtud declaro la evicción respecto de la vivienda adquirida por los actores al demandado en fecha 17 de febrero de 1.994 en virtud de la sentencia firme dictada en autos de Menor Cuantía 91/94 y el derecho de los actores a ser indemnizados de los daños y perjuicios sufridos por la pérdida parcial de luces y vistas de la cosa vendida en virtud de la evicción dicha y condeno a la demandada Promociones y Asesoría Financiera S.A. a estar y pasar por estas declaraciones y a abonar al actor la suma de 2.950.000 pts (dos millones novecientas cincuenta mil pesetas) en concepto de depreciación de la vivienda por la evicción, y en la cantidad que se determine en ejecución de sentencia porla colocación de reja y red de alambre en dicha vivienda, todo ello sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes".

TERCERO

Contra la anterior sentencia, la demandada interpuso el presente recurso de apelación, que el Juzgado admitió en dos efectos, por lo que, después de efectuar el oportuno emplazamiento, remitió los autos a esta Audiencia, ante la que comparecieron ambas partes, en los términos indicados en el encabezamiento de esta sentencia.

La Sala acordó formar rollo y designó Magistrado ponente. En el trámite correspondiente, los actores se adhirieron a la apelación sobre los términos que en su momento se estudiarán.

La vista del recurso se celebró el pasado día 13, en la que los letrados de las partes informaron en defensa de sus respectivos intereses, tras lo cual quedó el pleito visto para sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Aceptamos y damos por reproducidos los expuestos en la sentencia impugnada, salvo en lo que a continuación puedan quedar contradichos.

SEGUNDO

A tenor de las manifestaciones vertidas por el letrado de la demandada en la vista de la...

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