SAP Málaga 626/1998, 15 de Octubre de 1998

PonenteMARIANO FERNANDEZ BALLESTA
ECLIES:APMA:1998:3937
Número de Recurso513/1997
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución626/1998
Fecha de Resolución15 de Octubre de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 5ª

SENTENCIA Nº 626

Iltmos. Sres.

Presidente

D. Mariano Fernández Ballesta

Magistrados

D. Hipólito Hernández Barea

Dª Mª José Torres Cuellar

En la ciudad de Málaga a quince de Octubre de mil novecientos noventa y ocho

Vistos en grado de apelación, ante la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, los autos de juicio de separación conyugal 65/1996 procedentes del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Málaga seguidos a instancia de Don Gustavo representado en el recurso por el Procurador Don Feliciano Garcia Recio Gómez y defendido por la Letrado Don Rafael Núñez de Toledo, contra Doña Erica representada en el recurso por el Procurador Don Eduardo Magno Gómez y defendido por el Letrado Don Carlos Javier Castillo Barragán pendientes ante esta Audiencia en virtud de recurso de apelación interpuesto por el demandante contra la sentencia dictada en el citado juicio.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia número 5 de Málaga dictó sentencia de fecha 31 de Marzo de 1997 en el juicio de separación conyugal 65/96 del que este rollo dimana, cuya parte dispositiva dice ase. "Estimar parcialmente la demanda de separación interpuesta por D. Gustavo contra Doña Erica y en consecuencia debo acordar y acuerdo la separación matrimonial de los expresados con todos los efectos legales y especialmente los determinados en el primer y segundo fundamento de derecho, sin que proceda imponer las costas a ninguna de las partes".

SEGUNDO

Contra la expresada sentencia interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación el demandante, el cual fue admitido a trámite y, emplazadas las partes para que comparecieran ante esta Audiencia, personadas y entregados los autos a las mismas para instrucción durante diez días, se señaló la vista del recurso que tuvo lugar el día 6 de Octubre de 1998, en la cual el Letrado de la parte apelante informó en apoyo de sus pretensiones y solicitó la revocación de la sentencia recurrida y el Letrado de laparte apelada y el Ministerio Fiscal solicitaron su confirmación.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Mariano Fernández Ballesta.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El apelante solicita la revocación de la sentencia apelada en el punto en que pone a su cargo el pago de una pensión de 40.000 pesetas mensuales para atender al levantamiento de las cargas familiares, alegando que carece de ingresos y de capacidad para trabajar en una actividad productiva, padece de epilepsia y por otra parte no se ha acreditado que se haya cambiado la titularidad del kiosko que tenia en el Paseo del Parque de esta Ciudad, a nombré de su madre, ya que siempre lo ha llevado ella y fue ella quien obtuvo su concesión de la Autoridad Municipal.

Entiende, en definitiva que su obligación de alimentos se encuentra extinguida a tenor de lo dispuesto en el articulo 152, número 2º del Código Civil.

El Ministerio Fiscal se opone al recurso y solicita la confirmación de la sentencia recurrida haciendo ver que el apelante desempeñaba el negocio de renta en un kiosko abierto al público, y que ha sido con posterioridad a la presente demanda u cuando ha cambiado su titularidad, poniéndolo a nombre de su madre.

La parte apelada se opone también al recurso, poniendo también de relieve que al interponer la demanda de separación al actor tenia la titularidad del kiosko y vivía con su esposa en casa de los padres de ella, de donde se deduce que tenia que obtener ingresos del referido negocio; y que es cuando ve la posibilidad de tener que hacer frente al mantenimiento de las cargas familiares, como consecuencia del pleito de separación cuando cambia la titularidad del negocio; e incluso que ha obtenido la documentación...

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