SAP Valladolid 1201/1998, 20 de Noviembre de 1998

PonenteJOSE MIÑAMBRES FLOREZ
ECLIES:APVA:1998:2033
Número de Recurso1288/1998
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución1201/1998
Fecha de Resolución20 de Noviembre de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 2ª

SENTENCIA Nº 1.201/98 En la ciudad de Valladolid a veinte de noviembre de mil novecientos noventa y ocho.

El Ilmo Sr. D. José Miñambres Flórez Magistrado de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valladolid, ha visto en grado de apelación, sin celebración de vista pública, el presente procedimiento penal de apelación del juicio de faltas expresado, seguido contra Silvio siendo partes en esta instancia como apelante el acusado.

P R I M E R O Antecedentes de hecho

1. El Juez de Instrucción nº 2 de Valladolid, con fecha 17 de septiembre de 1998, dictó sentencia en el Juicio de Faltas del que dimana este recurso, en la que se declararon como hechos probados los siguientes:

"Que, a indeterminada hora del 10 de noviembre de 1997 y en los locales de la mercantil "laser Industrial" sita en la C/ Cobalto de esta ciudad, Silvio agredió al empleado de referida mercantil, Raúl lanzándole después una caja de piezas metálicas con el resultado obrante en la causa. Se originaron gastos al INSALUD por valor de 19.598 pts.

  1. La expresada sentencia en su parte dispositiva dice así:

    "Que debo condenar y condeno a Silvio , como autor responsable de una falta de lesiones a la pena de treinta días multa, cuya cuota diaria se fija en 2.000 pts. (total 60.000 pts) con responsabilidad personal (ingreso en Centro Penitenciario) de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas y al pago de las costas si las hubiere.

    En la esfera civil indemnizará a Raúl en 36.000 pts con más el interés del art. 921 de la L.E.Civil ".

  2. Notificada la mencionada sentencia, contra la misma se formalizó recurso de apelación por el acusado que fue admitido en ambos efectos, y practicadas las diligencias oportunas, fueron elevadas las actuaciones a este Tribunal, donde se registraron, se formó el rollo de Sala y se turnaron de ponencia.No habiendose propuesto diligencias probatorias y al estimarse innecesaria la celebración de vista para la correcta formación de una convicción fundada, quedaron los autos vistos para sentencia.

  3. Como fundamentos de impugnación de la sentencia se alegaron sustancialmente los siguientes:

    - Infracción de precepto legal o constitucional.

    S E G U N D O

    Hechos probados

    El día 14-I-1998 se emitió informe por el Médico Forense en el que manifestaba que las heridas sufridas por Raúl tan solo habían precisado de una primera asistencia. El juicio se celebró el 16 de septiembre de 1998.

    ...

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