SAP Teruel 66/1999, 31 de Marzo de 1999

PonenteFERMIN FRANCISCO HERNANDEZ GIRONELLA
ECLIES:APTE:1999:80
Número de Recurso273/1998
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución66/1999
Fecha de Resolución31 de Marzo de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Teruel, Sección 1ª

SENTENCIA N° 66

Ilmos. Señores

PRESIDENTE

  1. José Antonio Ochoa Fernández

    MAGISTRADOS:

  2. Fermín Hernández Gironella

    Dª. María Teresa Rivera Blasco

    En la Ciudad de Teruel a treinta y uno de Marzo de mil novecientos noventa y nueve.

    La Audiencia Provincial de Teruel, integrada para este asunto por los Magistrados anotados al margen ha examinado el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia N° 1 de Teruel, de fecha veintinueve de octubre de mil novecientos noventa y ocho, dictada en autos de Juicio de Separación Matrimonial, número 150/1988 , seguidos a instancia de Dª. Elisa , representada por Procurador D. Luis Barona Sanchís, y asistida dei letrado D. Joaquín Martín Tartaj, contra

  3. Ricardo , representado por el Procurador D. Carlos García Dobón y asistido del letrado D. Antonio Julian Cativiela, en los que fue parte el MINISTERIO FISCAL; ha sido parte apelante el demandado D. Ricardo y apelados el Ministerio Fiscal y la actora D. Elisa , habiendo sido representadas las partes en esta instancia por los mismos Procuradores y Letrados que ostentaron su representación y defensa en la primera, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Fermín Hernández Gironella, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Se aceptan como tales los, con ese carácter se contienen en la sentencia apelada, cuya parte dispositiva es dei tenor literal siguiente: "Estimando parcialmente la demanda interpuesta por D. Luis Barona Sanchís, Procurador de los Tribunales, actuando en nombre y representación de Dª. Elisa , contra D. Ricardo , y estimando parcialmente la reconvención articulada por D. Carlos García Dobbn, Procurador de los Tribunales, actuando en nombre y representación del Sr. Ricardo , contra la Sra. Elisa , debo declarar y declaro la situación de separación matrimonial en el vinculo habido entre los litigantes y celebrado el día 9 de Septiembre de 1995, con los efectos legales inherentes a este pronunciamiento y especialmente los siguientes:

  1. Los cónyuges podrán vivir separados y fijar libremente su domicilio, cesando la presunción de convivencia.B) Quedan revocados los consentimientos y poderes que recíprocamente se hubieren otorgado los cónyuges, cesando así mismo la posibilidad de vincular bienes privativos dei consorte en el ejercicio de la potestad doméstica.

  2. Se atribuye a la Sra. Elisa la guarda y custodia del hijo, de nombre Emilio , habido en el seno de la unión conyugal con el Sr. Ricardo , manteniendo a ambos progenitores en el ejercicio conjunto de la patria potestad, y siendo reconocido al Sr. Ricardo el derecho a visitar y tener consigo al hijo los fines de semana alternos desde las doce a las trece horas del sábado y domingo, siendo efectuada la recogida y entrega en el zaguán del edificio donde se encuentra el domicilio familiar.

  3. Se atribuye a la Sra. Elisa el uso y disfrute de la vivienda conyugal sita en Teruel, C/ DIRECCION000 , NUM000 bajo, y del ajuar doméstico que en la misma se encuentra, pudiendo el Sr. Ricardo proceder a la retirada de sus efectos personales bajo inventario.

  4. Se fija en veinte mil pesetas mensuales la cantidad que el Sr. Ricardo deberá abonar a la Sra. Elisa en concepto de contribución a las cargas familiares por alimentos del hijo. Dicha suma se ingresará con carácter anticipado, los días uno a cinco de cada roes, en la cuenta bancaria que a tal efecto indicará la demandante. La cifra establecida quedará sujeta a las sucesivas variaciones anuales conforme al IPC los días uno de Noviembre de los años venideros.

  5. Se fija en veinte mil pesetas mensuales la cantidad que el Sr. Ricardo deberá abonar a la Sra. Elisa en concepto de pensión compensatoria. Dicha suma se, ingresará con carácter anticipado los días uno a cinco de cada mes en la cuenta que a tal efecto indicará la demandante. La cifra establecida quedará sujeta a las...

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