SAP Valladolid 320/1999, 15 de Octubre de 1999

PonenteMIGUEL ANGEL SENDINO ARENAS
ECLIES:APVA:1999:1490
Número de Recurso251-L/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución320/1999
Fecha de Resolución15 de Octubre de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 3ª

SENTENCIA NÚM.: 320

Ilmos. Sres.:

Presidente

Don José Jaime SANZ CID

Magistrados

Don Francisco SALINERO ROMÁN

Don Miguel Ángel SENDINO ARENAS.

En Valladolid, a quince de octubre de mil novecientos noventa y nueve.

La Sección Tercera de la Ilma. Audiencia de Valladolid, ha visto en grado de apelación, los autos de Juicio de Cognición número 580/98-B, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número 9 de Valladolid, sobre declaración de propiedad de las fincas número NUM000 y NUM001 del polígono NUM000 de Portillo y otros extremos. Fue apelante Luis , que fijó para oír notificaciones el domicilio del Procurador don Abelardo Martín Ruiz y defendido por el letrado Don Santiago Pellón Maroto. Fueron apelados Don Juan Manuel , que fijó para oír notificaciones el domicilio de la Procuradora Do_a María Teresa Alba Alonso y fue defendido por el letrado Don Enrique de la Red Matilla y Milagros , que fijó para oír notificaciones el domicilio de la Procuradora Do_a Carmen Martínez Bragado y fue defendida por el Letrado Don José Luis Lavín González de Ehavarri.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

SEGUNDO

Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 30 de abril de 1.999, se dictó sentencia cuya parte dispositiva dice así: Fallo: "Que estimando la excepción de falta litisconsorcio pasivo necesario, y sin entrar a conocer del fondo de las acciones ejercitadas, procede desestimar la demanda formulada por el Procurador Sr. Martín Ruiz en representación de Don Luis contra Don Juan Manuel , representado por la Procuradora Sra. Alba Alonso, y contra Do_a Milagros , representada por la Procuradora Sra. Martínez Bragado, con imposición de las costas procesales al demandante".

TERCERO

Notificada a las partes la sentencia, contra la misma se interpuso recurso de apelación en tiempo y forma legal por la representación de la parte actora, exponiendo los motivos en los que se basaba.Admitido el recurso por el Juzgado de Primera Instancia, se dio traslado del mismo a la parte contraria, que en el plazo legal impugnó la apelación. Remitidos los autos a este Tribunal, se formó el rollo correspondiente, y no estimándose necesaria la celebración de vista, se se_aló el día 14 de octubre, para la deliberación y votación de la Sentencia.

CUARTO

En la sustanciación de este proceso se han observado las prescripciones legales.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Miguel Ángel SENDINO ARENAS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia aprecia de oficio la excepción de falta de litisconsorcio pasivo necesario y desestima la demanda -que en ejercicio de una acción declarativa de dominio y otros extremos-formula D. Luis contra D. Juan Manuel y D_a. Milagros . Frente a esta Sentencia se alza el actor alegando, en síntesis, que si bien el primero de los pedimentos de la súplica de su demanda consistente en la declaración de su propiedad sobre las fincas numero NUM000 y NUM001 del polígono...

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