SAP Baleares 120/1998, 11 de Febrero de 1998
Ponente | GUILLERMO ROSELLO LLANERAS |
ECLI | ES:APIB:1998:244 |
Número de Recurso | 46/1997 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 120/1998 |
Fecha de Resolución | 11 de Febrero de 1998 |
Emisor | Audiencia Provincial - Baleares, Sección 3ª |
SENTENCIA NUM 120
ILMOS. SRS.
PRESIDENTE:
D. Carlos Gómez Martínez.
MAGISTRADOS:
Dña. María Rosa Rigo Rosselló
D. Guillermo Rosselló Llaneras.
Palma de Mallorca, a 11 de febrero de mil novecientos noventa y ocho.
VISTOS por la Sección 3ª de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes
autos, juicio menor cuantía, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia n°8 de Palma, bajo el n° 186/96 , Rollo de Sala n°46/97, entre partes, de una como demandada-apelante D. Jose Enrique , representada por el Procurador D. Miguel Socías Rosselló, y de
otra, como actora-apelada BAUSCH ADN LOMB INCORPORATED y BAUS ADN LOMB ESPAÑA, S.A. representada por el Procurador D. Juan Arbona Rullán, asistidas ambas de sus respectivos letrados.
ES PONENTE el Iltmo. Sr. Magistrado D. Guillermo Rosselló Llaneras.
=ANTECEDENTES DE HECHO-
Por el Ilmo Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia n° 8 de Palma, en fecha 21 de noviembre del 1996, se dictó sentencia , cuyo fallo dice: "Que estimando íntegramente la demanda formulada por el Procurador D. Juan Arbona Rullán: en nombre y representación de BAUSCH AND LOMB INCORPORATED" y "BAUSCH AND LOMB ESPAÑA, S.A." contra. D. Jose Enrique :
-
- Declaro que la publicidad efectuada por este demandado, ofreciendo gafas "Ray-Ban" con un pretendido descuento del 40% y 50%, es engañosa y por tanto ilícita.
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- Declaro asimismo que las actuaciones del demandado consistentes en la comercialización de gafas de sol distinguidas con la marca "Ray-Ban", no comercializadas en la Comunidad Europea por la titular de la marca ni con su consentimiento, y sí con alteración de la presentación y garantía del producto, ha lesionado los derechos que a "Bausch and Lomb Incorporated" confiere la propiedad de la marca registrada "Ray-Ban".
-
- En consecuencia, condeno al demandado Sr. Jose Enrique a cesar en las referidas actuaciones, prohibiéndole volver a realizarlas en un futuro.4°.- Ordeno la publicación parcial de esta sentencia (encabezamiento, fundamentos octavo y noveno y fallo) mediante anuncio en uno de los periódicos de mayor circulación de Palma de Mallorca.
-
- Se impone al demandado el pago de las costas de este juicio."
Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación de la parte demandada, que fue admitido a ambos efectos, y seguido el procedimiento por sus trámites, se celebró Vista el día 9 de febrero del presente año, con asistencia de las representaciones y defensas de las partes, informando en dicho acto los letrados en apoyo de sus respectivas pretensiones; quedando el presente recurso concluso para sentencia.
En la tramitación de este Recurso se han observado las prescripciones legales.=
Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada en lo que no se opongan a los que siguen
El recurso interpuesto por el demandado, don Jose Enrique , contra la sentencia que declara ilícita la publicidad efectuada en su establecimiento comercial, ofreciendo gafas "Ray-Ban" con un pretendido descuento del 40% y 50%, por ser engañosa, y asimismo que la comercialización de las indicadas gafas con alteración de la presentación y garantía del producto, ha lesionado los derechos que a la entidad Bausch and Lomb Incorporated confiere la propiedad de la marca registrada "Ray-Ban", vuelve a plantear en la presente alzada las mismas cuestiones esenciales discutidas en la instancia; si la publicidad realizada por el demandado es engañosa y si la irregular comercialización de las indicadas gafas atenta a la marca.
Para la adecuada Resolución del recurso se precisa partir de los hechos que la sentencia de instancia declara probados, y que han quedado incólumes al no haber sido objeto de impugnación, siguientes: 1º.- La entidad demandante "Bausch and Lomb Incorporated" es una compañía de nacionalidad estadounidense fabricante de las conocidas gafas de sol "Ray-Ban" y propietaria de las correspondientes marcas denominativa y mixta, registradas desde los años 70 en la Oficina Española de Patentes y Marcas, teniendo la distribución exclusiva de dichas gafas en España la codemandante "Bausch and Lomb España, S.A."; 2º.- Que el demandado, desde el año 1992 viene anunciando mediante enormes pancartas en la fachada de su establecimiento "Perfumerías Cañellas", sito en el Paseo del Borne de...
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