SAP Jaén 20/1998, 29 de Enero de 1998

PonenteMARIA JESUS JURADO CABRERA
ECLIES:APJ:1998:108
Número de Recurso336/1997
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución20/1998
Fecha de Resolución29 de Enero de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 20

Iltmos. Sres.

PRESIDENTE

Dª. Elena Arias Salgado Robsy

MAGISTRADOS

Dª. María Jesús Jurado Cabrera.

Dª. Lourdes Molina Romero.

En la Ciudad de Jaén a veintinueve de enero de mil novecientos noventa y ocho.

Vistos en grado de apelación, por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial, los Autos de Juicio de Menor Cuantía seguidos en primera instancia con el número 467 del año 1.996, por el Juzgado de Primera Instancia de Jaén nº 1 , rollo de apelación de esta Audiencia número 336 del año 1.997, a instancia de Dª. Eva , representada ante este Tribunal, como apelada por el Procurador Sr. Mediano Aponte y defendida por el Letrado Sra. Hernanz Sobrino, contra DIRECCION000 y Cía de Seguros A.G.F. ante el Tribunal como apelantes por el Procurador Sr. Jiménez Cozar y defendidos por el Letrado Sr. León Coloma.

ACEPTANDO los Antecedentes de hecho de la Sentencia apeladas, dictada por el Juzgado de Primera instancia de Jaén nº 1 con fecha 9 de mayo de 1.997 .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por dicho Juzgado y en la fecha indicada, se dicte sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Que estimando la demanda presentada por el Procurador Sr. Mediano Aponte, en nombre y representación de Dª. Eva , contra DIRECCION000 y contra la Cía de Seguros A.G.F.- UNION Y EL. FÉNIX, representados por el Procurador ¿r. Jiménez Gozar, debo condenar a dichos demandados a abonar en forma solidariamente a la actora la cantidad de 1.740.513 pesetas, más las ganancias dejadas de obtener durante la temporada de verano del año 1.996 en concepto de ventas y qué se determinarán en ejecución de sentencia, más los intereses legales de la primera suma referida desde la fecha de la interpelación judicial; procede imponer a los demandados las costas procesales ocasionadas en esta litis."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso por los demandados, en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia de Jaén nº 1 que acordó la remisión de los autos a esta Audiencia, previo emplazamiento de las partes, para comparecer ante la misma.

TERCERO

Recibidos los autos en este Tribunal, se acordó la formación del correspondiente rollo, que se registrara el mismo, y habiéndose personado en forma y tiempo oportuno las partes, convenientemente instruidas por su orden, así como el Magistrado Ponente, se acordó tuviera lugar la vista el día 26 de Enero de 1.998, cuyo día comparecieron las partes ante este Tribunal, solicitando el apelante larevocación de la sentencia apelada, dictándose otra de acuerdo con sus pedimentos, con imposición de costas a la otra parte, y por el apelado se solicita la confirmación de la sentencia recurrida, con imposición de costas a la parte contraria.

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