SAP Lleida 190/1998, 14 de Abril de 1998

PonenteMIGUEL GIL MARTIN
ECLIES:APL:1998:369
Número de Recurso582/1997
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución190/1998
Fecha de Resolución14 de Abril de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Lleida, Sección 2ª

SENTENCIA n° 190/98

Ilmos. Sres.:

Presidente

D. MIGUEL GIL MARTÍN

Magistrados

D. PEDRO Mª GÓMEZ SÁNCHEZ

Dª. MÓNICA CÉSPEDES CANO

En la ciudad de Lleida, a catorce de abril de mil novecientos noventa y ocho

La Sección segunda de esta Audiencia Provincial, constituida por los señores anotados al margen, ha visto, en grado de apelación, los autos de interdicto de número 264/97, seguidos ante el Juzgado de primera instancia e instrucción nº 2 de Lleida , rollo de Sala número 582/97, en virtud del recurso de apelación interpuesto contra sentencia de fecha 6 de octubre de 1997 dictada en el referido procedimiento. Es apelante el demandante D. Bruno , mayor de edad, vecino de Albatarrec, C/ DIRECCION000 NUM000 , representado por la Procuradora Dª. Carmen Gracia Larrosa y dirigido por el Letrado D. Federico Alvarez del Castillo. Es apelada la entidad demandada, PROMOTORA CASTELLÓ JOVÉ, S.L., con domicilio social en Lleida, C/ San Hilario 14, representada por la Procuradora Dª. Concepción Gonzalo Ugalde y defendida por el Letrado D. Ernest Pueyo Sisó. Es ponente de esta sentencia el Magistrado D. MIGUEL GIL MARTÍN.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la indicada sentencia dice literalmente así: "FALLO.- HE RESUELTO: Desestimar la demanda de interdicto de obra nueva formulada por la representación procesal de Bruno contra PROMOTORA CASTELLÓ JOVE y, en consecuencia, alzar la suspensión de la obra acordada en la providencia de admisión; se condena al demandante al pago de las costas causadas en la instancia."

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia el demandante interpuso recurso de apelación, que el Juzgado admitió en ambos efectos, y, una vez efectuado el oportuno emplazamiento, remitió los autos a esta Audiencia, Sección segunda, ante la que comparecieron ambas partes, tal como consta en el encabezamiento de esta sentencia.

TERCERO

La Sala acordó formar rollo y designó Magistrado ponente. Una vez seguidos los trámites correspondientes, se señaló día para la vista, que tuvo lugar el 7 de abril de 1998, en la que los letrados de las partes informaron en defensa de sus respectivas posiciones, tras lo cual quedó el quicio vistopara sentencia.

CUARTO

En la tramitación de esta segunda instancia, se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En la demanda interdictal el actor pretendía suspender una construcción de viviendas al perjudicar a los derechos de la construcción sobre una finca de su propiedad al tener que retrasar su línea de fachada unos tres metros, y el haber abierto una zanja para colocar un depósito de...

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