SAP Navarra 113/1998, 25 de Junio de 1998

PonenteEDUARDO MARIA VALPUESTA GASTAMINZA
ECLIES:APNA:1998:721
Número de Recurso359/1997
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución113/1998
Fecha de Resolución25 de Junio de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Navarra, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 113

ILMOS. SRS.

PRESIDENTE:

D. GUILLERMO RUIZ POLANCO

MAGISTRADOS:

D. JOSE JULIAN HUARTE LAZARO

D. EDUARDO VALPUESTA GASTAMINZA

En la Ciudad de Pamplona-Iruña, a veinticinco de Junio de mil novecientos noventa y ocho.

VISTOS por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra, constituida por los Ilmos Sres Magistrados que al margen se expresan, en grado de apelación, los presentes autos de Rollo Civil nº 0359/97, en virtud dei. Recurso de dicha clase interpuesto contra la Sentencia dictada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE PAMPLONA N° 5 en actuaciones de JUICIO DE MENOR CUANTIA, n 0165/97 siendo partes: APELANTE: DON Jose Miguel , representado por la Procuradora, Dª, Ana Gurbindo Gortari y dirigido por el Letrado, D. José Lecumberri Jiménez; y APELADO: DON Luis Pablo representado por el Procurador, D. Joaquín Taberna Carvajal y dirigido por el Letrado, D. Iñaki Subiza Pérez. Sobre reclamación de cantidad por culpa extracontractual. Siendo PONENTE, el Ilmo. Sr Magistrado D. EDUARDO VALPUESTA GASTAMINZA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se admiten, y se tienen por reproducidos, los de la Sentencia de primera instancia.

SEGUNDO

Por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE PAMPLONA Nº 5, se dictó SENTENCIA, con fecha veintitrés de septiembre de 1.997 , en autos de JUICIO DE MENOR CUANTIA nº 0165/97, cuya parte dispositiva, es del tenor literal siguiente: "Que desestimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra Gurbindo, en nombre y representación de D. Jose Miguel , contra D. Luis Pablo ; representado por el Procurador Sr Taberna, debo absolver y absuelvo a la parte demandada de los pedimentos del suplico de la demanda y debo condenar y condeno a la parte actora al pago de las costas procesales".

TERCERO

Contra la indicada Sentencia, se interpuso, en tiempo y forma, Recurso de APELACION por la parte DEMANDANTE, el cual admitido a trámite en ambos efectos emplazándose a las partes ante este Tribunal, donde comparecieron, y, previa su instrucción, y la del Magistrado Ponente, se señaló día para la celebración de la Vista Oral del Recurso, la que tuvo lugar el veinticuatro de junio de 1.998, a cuyo acto acudieron las partes.

En el mismo, por la parte APELANTE, se solicitó que, con estimación de su Recurso, se revocara la Sentencia recurrida, dictando otra en su lugar por la que se estimara la demanda interpuesta.La parte APELADA, previa impugnación del Recurso, solicitó la confirmación de la Sentencia recurrida, con imposición de costas a la parte apelante.

CUARTO

Se cumplen los trámites establecidos para las Apelaciones de las Resoluciones dictadas por los Juzgados de Primera instancia, en los procesos sobre Menor Cuantia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El demandante sufrió un accidente al intentar salir apresuradamente del local de exposición de automóviles de propiedad del demandado, sin darse cuenta de la existencia de una mampara de cristal, contra la cual chocó y que a consecuencia del golpe se fracturó, ocasionándole unas lesiones. Reclamadas unas cantidades por culpa extracontractual, al no haberse señalado con la diligencia precisa la existencia de tal mampara; el Juzgador de primera instancia absuelve de la demanda por considerar que existió culpa exclusiva del perjudicado. Contra esta resolución se alza el presente recurso, en solicitud de una estimación de la demanda o, en todo caso, dé la apreciación de una concurrencia de culpas..

SEGUNDO

Esta Sala no comparte en todos sus puntos los razonamientos esgrimidos por el Juzgador de primera instancia al absolver a la demandada. Es cierto que en el golpe que ocasiona este pleito contra el panel de cristal del local del demandado...

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