SAP Zaragoza 70/1998, 18 de Marzo de 1998

PonenteJAVIER CASAMAYOR PEREZ
ECLIES:APZ:1998:669
Número de Recurso263/1997
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución70/1998
Fecha de Resolución18 de Marzo de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 3ª

SENTENCIA NÚM 70/98

EN NOMBRE DE S.M. EL REY.

En Zaragoza, a Dieciocho de Marzo de mil novecientos noventa y ocho.

El Iltmo. Sr. D. Javier Casamayor Pérez Magistrado-Presidente de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, ha visto en grado de apelación el juicio de faltas nº 299 de 1.997, procedente del Juzgado de Instrucción nº8 de Zaragoza, rollo nº 263 de 1997 , seguido por falta de injurias livianas contra María Consuelo en cuyo juicio es parte acusadora y denunciante Sonia .

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En los citados autos recayó sentencia por fecha 12 de Septiembre de 1.997 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Fallo" Que debo condenar y condeno a María Consuelo , como autor responsable de una falta de insultos prevista y penada en el art. 620-2º, a la pena de DIEZ DÍAS DE MULTA a razón de QUINIENTAS PESETAS de cuota diaria; y pago de costas.

Segundo

La sentencia apelada contiene la siguiente relación fáctica: " Que sobre las 11,30 horas del día 2 de Junio de 1.997 la denunciante Sonia salia del piso de su hija sito en CALLE000 NUM000 de Zaragoza, para dirigirse al suyo sito en el piso NUM001 del mismo inmueble, cuando se encontró en la escalera a la vecina del. NUM002 llamada María Consuelo , la cual, tras una discusión llamó "puta" a su hija Asunción que no estaba presente y amenazó con matarla, sin que se haya probado que además amenazase con una navaja a la denunciante. Hechos probados que como tales se aceptan.

Tercero

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por la denunciada expresando como motivos del recurso error en la apreciación de la prueba y admitido en ambos efectos se dio traslado a las partes para alegaciones, tras lo cual se remitieron las actuaciones a esta Audiencia para la resolución del recurso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Se aceptan en esta instancia lo fundamentos de derecho de la sentencia apelada.

Segundo,- La pretensión sustentada por la parte recurrente radica en sustituir el criterio imparcial del Juzgador "a quo" obtenido de la apreciación en conciencia de las pruebas practicadas, plasmada como conclusión fáctica en los hechos probados que son premisa del fallo recurrido, por su propia subjetiva y necesariamente interesada apreciación de la prueba, pretensión que no es acogible en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Cantabria 308/2001, 22 de Mayo de 2001
    • España
    • May 22, 2001
    ...Pero cosa muy distinta es que el incumplimiento de esta obligación puede dar lugar al desahucio, como señalan las sentencias de la A.P. de Zaragoza de fecha 18-3-98 y A. Provincial de Palma de Mallorca de 21-9-98 " En efecto, no podemos olvidar que estamos ante un contrato de inquilinato su......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR