SAP Valencia 545/1998, 8 de Junio de 1998

PonenteJOSE MARTINEZ FERNANDEZ
ECLIES:APV:1998:3976
Número de Recurso412/1997
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución545/1998
Fecha de Resolución 8 de Junio de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 9ª

SENTENCIA NÚM: 545/98

Ilustrísimos Sres.:

PRESIDENTE

D. JOSÉ MARTINEZ FERNÁNDEZ

MAGISTRADOS

D. GONZALO CARUANA FONT DE MORA

Dª EVA BLAZQUEZ VALDIVIESO

En la ciudad de Valencia a 8 de junio de mil novecientos noventa y ocho.

Vistos por la Sección Novena de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, siendo Ponente el Ilmo. Sr.

D. JOSÉ MARTINEZ FERNÁNDEZ el presente rollo de apelación número 442/97, dimanante de los autos de Juicio de Menor Cuantía promovidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 4 de los de Gandia, bajo el número 442/97, entre partes; de una, como demandantes apelantes a Dª. Verónica , Dª. Ángela , Dª Celestina , representados por el Procurador de los Tribunales Sra. PÉREZ SAMPER y de otra como demandados apelantes a D. Luis Carlos , D. Juan Ignacio , D- Julia , Y Dª. Marisol , representados por el Procurador de los Tribunales Sr. CARBONELL GENOVÉS, sobre DECLARACION DE NULIDAD E IMPUGNACION DE TESTAMENTO, en virtud del recurso de apelación interpuesto por ambas partes e interviniendo asimismo el MINISTERIO FISCAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia apelada pronunciada por el Sr. Juez de Primera Instancia número 4 de los de Gandía, en fecha 29 de enero de mil novecientos noventa y siete , contiene el siguiente FALLO:" Que estimando parcialmente la demanda formulada por el procurador D. Joaquín Villaescusa García, en nombre y representación de Dª. Verónica , Ángela , Celestina , ésta en representación de la menor de edad Clara , contra Luis Carlos , Julia , y Marisol en nombre propio y en la representación de su hijo e incapaz Juan Ignacio , debo declarar y declaro:

  1. La nulidad de la "Cláusula segunda", del testamento otorgado en fecha 10 de febrero de 1992 ante el Notario de Valencia D. Joaquín Borrel García, en lo referente a la desheredación que en el mismo se hace por el causante Silvio , con respecto a su hija Verónica , debiendo tenerse por no puesta la citada causada de desheredación por malos tratos de palabra a su causante y con el derecho de Dª. Verónica a la legítima estricta del caudal relicto de su causante D. Silvio , fallecido en Bellreguard, el día 15 de Agosto de 1992.

  2. Declarar nulo por inexistente el contrato de compraventa, suscrito por los cónyuges Silvio y Dª Marisol en calidad de vendedores y sus hijos Julia y Luis Carlos , elevado a escritura pública, en fecha 7 defebrero de 1992, autorizada por el Notario de Gandia D. Santos Severiano Pérez Ballarin y con respecto al chalet sito en la playa de Bellreguard, descrito en el fundamento jurídico 2° de esta resolución y que es la finca registral n° NUM000 , del tomo NUM001 , libro NUM002 , sección de Bellreguard, del Registro de la Propiedad número 2 de Gandia, debiendo en consecuencia procederse a la rectificación registral del asiento por el cual se opera la transmisión de la referida finca en favor de Dª. Julia y D. Luis Carlos , hijos de los vendedores, y que se declara nula y sin efecto, cancelándose en consecuencia la inscripción registral en favor de los citados, en virtud del título transmisorio que se considera inexistente y por cuya apariencia accedió al registro de la Propiedad

  3. - Desestimar las demás pretensiones formuladas por la parte actora, con respecto a la nulidad del testamento de...

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