SAP Orense 148/2001, 9 de Abril de 2001

PonenteJESUS FRANCISCO CRISTIN PEREZ
ECLIES:APOU:2001:436
Número de Recurso106/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución148/2001
Fecha de Resolución 9 de Abril de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Orense, Sección 1ª

SENTENCIA NUM 148

En la ciudad de Ourense a nueve de abril de dos mil uno.

VISTOS, en grado de apelación, por esta Audiencia Provincial, actuando como Tribunal Civil, los autos de separación matrimonial procedentes del Jdo mixto núm. 4 de Ourense seguidos con el n°. 115/99, rollo de apelación núm. 106/00, entre partes, como apelante D. Augusto , representado por el Procurador Don Antonio PEREZ FUERTES bajo la dirección del Letrado Doña Ana-Begoña FERNANDEZ QUINTAIROS y, como apelado MINISTERIO FISCAL. Es Ponente el Iltmo. Sr. Don Jesús Francisco Cristín Pérez.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por el Jdo mixto núm. 4 de Ourense, se dictó sentencia en los referidos autos, en fecha 14 de enero de 2.000, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando como estimo la demanda formulada por el Procurador de los tribunales D. Ramón Montero Rodríguez (de oficio), en nombre y representación de Bárbara , debo declarar y declaro haber lugar a la separación interesada del matrimonio contraído por Bárbara y Augusto , representado por el Procurador de los tribunales D. Antonio Pérez Fuertes (de oficio), en San Miguel de Villaseco -Cea (Ourense) el día 25-07-79, con los efectos inherentes a esta declaración, prevenidos en la ley y con la adopción de las medidas personales y patrimoniales consignadas en el fundamento jurídico segundo de la presente resolución. No se hace especial pronunciamiento en torno a las costas procesales causadas

Segundo

Notificada la anterior sentencia a las partes, se interpuso por la representación de Augusto recurso de apelación en ambos efectos, y admitido a trámite, se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial donde se personaron la parte apelante y apelada, con las aludidas representaciones, y cumplidos los oportunos traslados, se señaló para la vista del recurso el pasado día 3 a la que concurrieron las representaciones de las partes que solicitaron lo que en su derecho convino.

Tercero

En la tramitación de este recurso, se han cumplido las correspondientes prescripciones legales.

II - FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los fundamentos de derecho de la sentencia apelada, salvo el segundo en la parte que se oponga o contradiga lo que seguidamente se dice, y

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