SAP Cantabria 411/2001, 13 de Julio de 2001
Ponente | AGUSTIN ALONSO ROCA |
ECLI | ES:APS:2001:1943 |
Número de Recurso | 426/1999 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 411/2001 |
Fecha de Resolución | 13 de Julio de 2001 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cantabria, Sección 3ª |
SENTENCIA N° 411/ 2001
ILMOS. SRES.
Presidente
D. AGUSTIN ALONSO ROCA.
Magistrados
D. BRUNO ARIAS BERRIOATEGORTUA
Dª. MILAGROS MARTINEZ RIONDA.
En SANTANDER, a trece de Julio de dos mil uno.
VISTOS, ante esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Santander, en grado de apelación, los presentes autos de Juicio de Cognición N° 519/98, procedentes del Juzgado de PRIMERA INSTANCIA de CASTRO URDIALES, seguidos entre las partes, como apelantes D. Luis Alberto y D. Sebastián , que designaron a efectos de notificaciones al Letrado Sr. Martín Fuentecilla, y como apelados D. Lázaro y Dª. María Rosa , que designaron a efectos de notificaciones a la Procuradora Sra. Espiga Pérez, habiéndose incoado el Rollo de Sala N° 426/99.
Actuando como PONENTE el Ilmo. Sr. Magistrado PRESIDENTE D. AGUSTIN ALONSO ROCA.
PRIMERO Que los autos meritados fueron remitidos a esta Sección 3ª de la Audiencia Provincial de Santander y Cantabria de conformidad con lo acordado en las Normas de Reparto aprobadas por la Sala de Gobierno del Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.
SEGUNDO Que por el Ilmo. Sr. Juez del Juzgado de PRIMERA INSTANCIA de CASTRO URDIALESse dictó sentencia, en los mencionados autos, con fecha veintiuno de Mayo de mil novecientos noventa y nueve, cuyo Fallo dice lo siguiente Las costas se imponen a los actores».
TERCERO Que por D. Luis Alberto y D. Sebastián , que designaron a efectos de notificaciones al Letrado Sr. Martín Fuentecilla, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de instancia, remitiéndose los autos originales a esta Sección 3ª, previa presentación en el Juzgado de instancia de los escritos de alegación, señalándose para la VOTACION y FALLO del presente recurso el día veinte de Junio próximo pasado.
CUARTO Que en la tramitación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales, salvo el plazo de señalamiento, dada la sobrecarga de recursos civiles pendientes en esta Audiencia Provincial, y el de sentencia, por acumulación circunstancial de ponencias.
Se aceptan los razonamientos jurídicos contenidos en la resolución apelada, que se dan aquí por reproducidos.
PRIMERO La parte actora, en la representación que ostenta de los propietarios del piso arrendado, ejercita contra los demandados -inquilinos-...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
SAP Cantabria 172/2005, 17 de Mayo de 2005
...DOMINIO. Como afirma la Sentencia de esta misma Audiencia Provincial de Cantabria de 13 de Julio de 2001, la tercería de dominio es una acción de naturaleza declarativa de dominio, aunque con presupuestos y requisitos propios, cuya primordial finalidad es el levantamiento de la traba del em......