SAP Salamanca 110/2001, 6 de Julio de 2001
Ponente | FRANCISCO JAVIER CAMBON GARCIA |
ECLI | ES:APSA:2001:515 |
Número de Recurso | 108/2001 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 110/2001 |
Fecha de Resolución | 6 de Julio de 2001 |
Emisor | Audiencia Provincial - Salamanca, Sección 1ª |
SENTENCIA núm. 110/01
En la ciudad de Salamanca a seis de julio de dos mil uno.
Visto en grado de apelación por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente D. F. JAVIER CAMBON GARCIA, los presentes autos de juicio de faltas número 19/01, Rollo de apelación número 108/01, procedentes del Juzgado de Instrucción N° 2 de Ciudad Rodrigo, en los que han sido partes, como apelante: Alejandra y como apelada Marí Jose y MINISTERIO FISCAL.
Seguido por todos sus trámites legales juicio de faltas ante el Juzgado de Instrucción n° 2 de Ciudad Rodrigo, dictándose sentencia con fecha veinte de abril de dos mil uno, que contiene el siguiente FALLO: "Que debo condenar y condeno a Alejandra como autor responsable de una falta contra los intereses generales a la pena de una multa de quince días a razón de quinientas pesetas (500 ptas.) dé cuota diaria, pudiendo abonarse conjuntamente, y quien en caso de impago, y agotada la vía de apremio, incurrirá en responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, y al pago de las costas del presente juicio.
Contra referida sentencia se interpuso recurso de apelación por Alejandra , solicitando la revocación de la sentencia recurrida y se dicte otra conforme al suplico de su respectivo recurso, y por el Ministerio Fiscal se solicitó la confirmación de la sentencia recurrida.
Recibidos que fueron en esta Audiencia Provincial el referido juicio de faltas, se instruyó el presente rollo señalándose para el Fallo el día dos de julio de dos mil uno.
Que en la tramitación de este recurso, se han observado y cumplido las prescripciones legales.
HECHOS PROBADOS
Se aceptan los hechos probados consignados en la sentencia recurrida.
Que procede desestimar el recurso de apelación interpuesto y confirmar la sentencia recurrida; de la propia "cartilla sanitaria", del animal aparece ( folio 15) que es " Macarra ", aunque puede tratarse de un animal de características inadecuadas para ser inscrita en el correspondiente registro como de "pura raza" y, evidentemente, no sólo por su constitución, sino por el "ataque" que se enjuicia no es un "animalito cariñoso" como lo describe la apelante, su propietaria; sino a los incluidos en el...
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