SAP Alicante 663/2002, 8 de Noviembre de 2002

PonenteJOSE LUIS UBEDA MULERO
ECLIES:APA:2002:4784
Número de Recurso362/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución663/2002
Fecha de Resolución 8 de Noviembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 4ª

SENTENCIA N° 663/02

En el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante Mercantil RGM Azadón Mecánico, S.L., representada por la Procuradora Sra. Ripoll Moncho,y asistida por el Letrado Sr. Ruiz Sánchez, frente a la parte apelada Sociedad General de Proyectos, S.L., representada por la Procuradora Sra. Gutiérrez Robles, y asistida por la Letrada Sra. Martínez Pérez contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia n° 1 de Alicante, habiendo sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Luis Úbeda Mulero.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Alicante, en los autos de juicio Cognición número 351/00, se dictó en fecha 14-03- 2002 sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Que desestimando íntegramente la demanda inicial de estos autos interpuesta por RGM AZADON MECÁNICO S.L., representada por el Procurador Sra. Ripoll Moncho y asistida del Letrado Sr. Ruiz Sánchez, contra SOCIEDAD GENERAL DE PROYECTOS, S.L., representado por el Procurador SrA. Gutiérrez Robles y asistido del Letrado I, debo abolver y absuelvo a la parte demanda de todas y cada uno de las pretensiones contra ella ejercitadas en la demanda inicial de estos autos.

Todo ello con la imposición al actor de las costas de este proceso.

SEGUNDO

Contra dicha sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandante, habiéndose tramitado el mismo por escrito ante el juzgado de instancia, en la forma prevista en la L.E.C. 1/2000, elevándose posteriormente los autos a este Tribunal, donde quedó formado el correspondiente rollo de apelación número 362/02, señalándose para votación y fallo el día 7-11- 2002.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia recaída en el juicio de cognición tramitado en la instancia, desestimatoria de la demanda sobre reclamación de 696.000 pesetas en concepto de parte del precio de un contrato de arrendamiento de obra, interpone recurso de apelación la parte actora solicitando la estimación de su pretensión que tal resolución rechaza, a lo que no puede accederse por cuanto que toda su tesis se basa en una subjetiva valoración de la prueba que no puede prevalecer sobre la más objetiva del Juzgador a quo, que no se demuestra errónea, ya que del conjunto probatorio no queda acreditada la realización total del...

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