SAP Madrid 155/2006, 17 de Marzo de 2006
Ponente | JOSE MARIA GUGLIERI VAZQUEZ |
ECLI | ES:APM:2006:3236 |
Número de Recurso | 449/2005 |
Número de Resolución | 155/2006 |
Fecha de Resolución | 17 de Marzo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 25ª |
JOSE MARIA GUGLIERI VAZQUEZFRANCISCO RAMON MOYA HURTADO DE MENDOZACARLOS LOPEZ-MUÑIZ CRIADO
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 25
MADRID
SENTENCIA: 00155/2006
Fecha: 17/03/2006
Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 449/2005
Ponente: ILMO. SR. D. JOSÉ MARÍA GUGLIERI VÁZQUEZ
Apelante: D. Bartolomé
PROCURADOR: D. EMILIO GARCÍA GUILLÉN
Apelados: Dª. Sofía y
D. Luis Manuel
PROCURADOR: D. SANTOS CARRASCO GÓMEZ
Autos: PROCEDIMIENTO ORDINARIO N. 563/2004
Procedencia: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 1 DE ALCALA DE HENARES
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. FRANCISCO MOYA HURTADO
D. JOSÉ MARÍA GUGLIERI VÁZQUEZ
D. CARLOS LÓPEZ MUÑIZ CRIADO
En MADRID, a diecisiete de marzo de dos mil seis.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 25 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 563/2004, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 1 DE ALCALÁ DE HENARES , a los que ha correspondido el Rollo 449/2005, en los que aparece como parte apelante: D. Bartolomé representado por el procurador D. EMILIO GARCÍA GUILLÉN, y como apelados: Dª. Sofía y D. Luis Manuel representados por el procurador D. SANTOS CARRASCO GÓMEZ, sobre resolución de contrato de arrendamiento, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ MARÍA GUGLIERI VÁZQUEZ.
Que los autos originales núm. 563/2004, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Núm. 1 de los de Alcalá de Henares , fueron remitidos a esta Sección Vigesimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en las Normas de Reparto aprobadas por la Sala de Gobierno del Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Que por el Ilmo. Sr. D. Rafael Alejandro Sánchez-Tinajero Vázquez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Alcalá de Henares, se dictó sentencia con fecha 7 de Abril de 2005 , cuya PARTE DISPOSITIVA dice así: FALLO.- "Que estimo la demanda interpuesta por D. Luis Manuel y Dña. Sofía contra D. Bartolomé y declaro resuelto el contrato de arrendamiento de local de negocio de fecha de 10 de Mayo de 1960 sobre el inmueble ubicado en la DIRECCION000, nº. NUM000 de esta ciudad, apercibiéndole de lanzamiento, si no desaloja el citado inmuble, dejándole libre y expedito en el plazo legal desde la notificación de la sentencia. Con imposición de las costas."
Que contra dicha Sentencia se preparó e interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de la parte demandada, la Procuradora Sra. Dª. Gema García Merino, dándole traslado del mismo a la parte demandante, quien presentó en tiempo y forma escrito de oposición al recurso entablado; remitiéndose los autos a esta Sección Vigesimoquinta, se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día 16 de Marzo del año en curso.
Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
D. Bartolomé plantea dos motivos en su escrito de interposición del recurso de apelación. En el primero, se refiere al alcance y valoración del documento nº. 9 presentado de contrario y que al expresar un encargo de reparación de un vehículo en Talleres...
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...este planteamiento inicial se debe añadir otra premisa de partida, ampliamente recogida por las Audiencias Provinciales (Cfr. SS.A.P. Madrid, Secc. 25ª, 17.03.06; Vizcaya 15.01.01, Alicante, 28.11.02, entre otras) para subrayar que, acaecida la jubilación laboral o administrativa, esto es, ......