SAP Madrid 39/2003, 23 de Enero de 2003

PonenteMARIA DEL ROSARIO HERNANDEZ HERNANDEZ
ECLIES:APM:2003:796
Número de Recurso830/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución39/2003
Fecha de Resolución23 de Enero de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 24ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 24ª

Rollo nº: 830/02

Autos nº:487/01

Procedencia: Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Majadahonda

Apelante: Dª María Rosario

Procurador: D.JESUS GUERRERO LAVERAT

Apelado: D. Alejandro

Procuradora: Dª Mª DEL CARMEN HINOJOSA MARTÍNEZ

Ponente: Ilma. Sra. Dª ROSARIO HERNANDEZ HERNANDEZ

S E N T E N C I A Nº 39

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Correas González

Ilmo. Sr. D. Angel Sánchez Franco

Ilma. Sra. Dª ROSARIO HERNANDEZ HERNANDEZ

EN MADRID, A VEINTITRES DE ENERO DE DOS MIL TRES.

Vistos y oídos en grado de apelación por la Sección 24ª de esta Audiencia

Provincial de Madrid, los autos de Divorcio número, 487/01 procedentes del Juzgado de

  1. Instancia número 1 de Majadahonda.

De una, como apelante, Dª María Rosario, representada por el

Procurador D. Jesús Guerrero Laverat

Y de otra, como apelado, D. Alejandro, representado por la

?Procuradora Dª Mª Del Carmen Hinojosa Martínez???? VISTO, siendo Ponente la Magistrada de la Sala la Ilma. Sra. Dª ROSARIO HERNANDEZ HERNANDEZ, que muestra el parecer de la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.

SEGUNDO

Que en fecha, 30.04.02 por el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Majadahonda, se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimando la demanda formulada por la Procuradora ª María Josefa Gómez Olazabal en nombre y representación de Alejandro y Dª María Rosario debo acordar los siguientes pronunciamientosDeclarar la disolución del matrimonio por divorcio de

D. Alejandro y Dª María Rosario .Ratificando las medidas acordadas en el convenio regulador de separación de fecha 13 de junio de 1995. MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de APELACIÓN ante la Audiencia Provincial de Madrid. ( articulo 455 LECn ) El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de CINCO DIAS hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna ( articulo 457.2 LECn)."

TERCERO

Notificada la anterior resolución a las partes, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación de Dª María Rosario, solicitando en su escrito de preparación del recurso, en base a las alegaciones contenidas en el mismo.

CUARTO

Frente a tal pretensión, la parte apelada solicita la confirmación de la resolución de instancia por las razones que esgrime en el escrito de fecha 01.07.2002

QUINTO

Que en la tramitación del presente recurso se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La pretensión que deduce Dª María Rosario en su escrito de recurso de 17 de junio de 2002, no puede tener favorable acogida y ha de ser aquél desestimado, al carecer de toda apoyatura legal o jurisprudencial, pues las obligaciones tributarias son ajenas por completo al matrimonio, a la ruptura y al desequilibrio que éste genere a uno de...

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