SAP Orense 69/2002, 9 de Febrero de 2002

PonenteJOSE RAMON GODOY MENDEZ
ECLIES:APOU:2002:152
Número de Recurso713/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución69/2002
Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Orense, Sección 1ª

(APELACION CIVIL)

La Audiencia Provincial de Ourense, constituida por los Señores, don Jesús Francisco Cristín Pérez, Presidente, don José Ramón Godoy Méndez y doña Josefa Otero Seivane,

Magistrados, ha pronunciado, en nombre de S.M. El Rey, la siguiente

S E N T E N C I A NUM 69

En la ciudad de Ourense a nueve de febrero de dos mil dos.

VISTOS, en grado de apelación, por esta Audiencia Provincial, actuando como Tribunal Civil, los autos de Menor Cuantía procedentes del ido mixto núm. 2 de O Carballiño seguidos con el nº. 106/99, rollo de apelación núm. 0713/00, como apelante "CAHISPA, S.A. SEGUROS DE VIDA", representada por el Procurador Don Jesús MARQUINA FERNANDEZ bajo la dirección del Letrado Don José Muñoz Rivera. Es Ponente el Iltmo. Sr. Don José Ramón Godoy Méndez.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por el ido mixto núm. 2 de O Carballiño, se dictó sentencia en los referidos autos, en fecha 30 de septiembre de 2000, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Prada Martínez en nombre y representación de Dª. Luz contra CAHISPA S.A. DE SEGUROS DE VIDA debo absolver a la demandada de los pedimentos formulados contra ella, imponiendo las costas al actor y debiendo determinarse en ejecución de sentencia el importe de la renta vitalicia o de los bonos de capital adicional que deba percibir la actora".

Segundo

Notificada la anterior sentencia a las partes, se interpuso por la representación de "CAHISPA, S.A. SEGUROS DE VIDA" recurso de apelación en ambos efectos, y admitido a trámite, se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial donde se personaron la parte apelante y apelada, con las aludidas representaciones, y cumplidos los oportunos traslados, se señaló para la vista del recurso el pasado 4 de febrero a la que concurrieron las representaciones de las partes que solicitaron lo que en su derecho convino.

Tercero

En la tramitación de este recurso, se han cumplido las correspondientes prescripciones legales.

II - FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el suplico de la demanda se interesa "se condene a la demandada Cahispa, S.A., al cumplimiento del contrato de Seguro de Vida y en su virtud se la condene: 1°- Al pago a Luz de una renta vitalicia por importe de 28.190 pesetas mensuales,...

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