SAP Alicante 398/2000, 1 de Junio de 2000

ECLIES:APA:2000:2747
Número de Recurso56/2000
ProcedimientoPENAL - APELACION DE JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución398/2000
Fecha de Resolución 1 de Junio de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION TERCERA

ALICANTE

ROLLO DE APELACIÓN NÚM. 56/00

JUICIO DE FALTAS NÚM. 1161/98

JUZGADO DE ALICANTE-DOS

SENTENCIA Núm. 398/00

En la ciudad de Alicante, a uno de junio de dos mil.

El Iltmo. Sr don José Daniel Mira Perceval Verdú, Magistrado de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Alicante, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia de fecha 25 de octubre de 1999, dictada por el Juzgado de Instrucción de Alicante núm. Dos, en Juicio de Faltas núm. 1161/98, sobre lesiones por imprudencia; habiendo actuado como parte/s apelante/s Nieves, y Claudio, ambos domiciliados en Alicante y dirigido/s por el Letrado D. losé Javier Pérez Amorós, y como parte/s apelada/s CÍA. ASEGURADORA UNIVERSAL y Vicente, con domicilio en Alicante a efectos de notificaciones y dirigido/s por la Letrado Dª Isabel Peñalver López y el MINISTERIO FISCAL.-

I - ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Son HECHOS PROBADOS de la sentencia apelada los del tenor literal siguiente: "Sobre las 23 horas del día 19-8-98, el vehículo U-....-H, conducido por Nieves, propiedad de Humberto y asegurado en la Compañía MAAF, recibió un impacto en su parte trasera, en la Gran Vía a la altura del cruce con la C/ General Espartero por el vehículo E-....-TJ, conducido a gran velocidad por Vicente, propiedad de Juan Francisco y asegurado en la Compañía Aseguradora Universal, S.A. que circulaba detrás de aquella, produciéndole lesiones que curaron en 281 días, de los cuales 160 estuvo incapacitada, con necesidad de varias asistencias, quedándole como secuelas cervicalgia y a su hijo Claudio que ocupaba el citado vehículo, de 10 años de edad, lesiones con 21 días de incapacidad, necesitando varias asistencias."; HECHOS PROBADOS QUE SE ACEPTAN.-SEGUNDO.- El FALLO de dicha sentencia literalmente dice: "Que debo condenar y condeno a Vicente, como autor responsable de una falta ya descrita prevista y penada en el art. 621, n° 3 del C.P ., a la pena de 15 días de multa a razón de 200 pts./día, que deberá hacer efectiva en un pago único de "3.000 pts.", con aplicación en caso de impago de lo prevenido en el art. 53,1 del C. Penal, y a que indemnice a Nieves por daños personales (lesiones, secuelas y factores de corrección) en la cantidad de 1.277.570 pts y al menor Claudio en 66.318 pts por días de...

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