SAP Alicante 417/2000, 12 de Mayo de 2000

PonenteMARIA CRISTINA TRASCASA BLANCO
ECLIES:APA:2000:2298
Número de Recurso417/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución417/2000
Fecha de Resolución12 de Mayo de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 6ª

Rollo de Apelación n° 58-D/99.

Juzgado de Primera Instancia n° 7 de Alicante.

Procedimiento: Juicio de Cognición n° 318/98.

SENTENCIA

N° 417/00

Iltmos. Sres.

D. Francisco Javier Prieto Lozano

D. José Ceva Sebastiá

Dª. Cristina Trascasa Blanco.

En la Ciudad de Alicante, a doce de Mayo del año dos mil.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Alicante integrada por los Ilmos. Sres expresados al margen ha visto, en grado de apelación, Rollo n° 58-B/99 los autos de Juicio de Cognición n° 318/98 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia n° 7 de la ciudad de Alicante en virtud de recurso de apelación entablado por D. Narciso quien por ello interviene en esta alzada en su condición de recurrente, asistido por la Letrada Sra. Ortuño Castañeda contra Dª. Flora representada por la Procuradora Sra. Perez-Hickman Muñoz y asistida por el Letrado Sr Richart Rocamora.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia n° 7 de Alicante en los autos de Juicio de Cognición n° 318/98 en fecha 17 de noviembre de 1.998, se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por Don Narciso frente a Doña Flora, debo absolver y absuelvo a la demandada de los pedimentos de la demanda, imponiendo las costas causadas a la parte actora.-SEGUNDO.- Contra dicha resolución se interpuso recurso de apelación en tiempo y forma por la representación procesal del demandante D. Narciso dándose traslado del mismo al resto de las partes, por término de cinco días, remitiéndose seguidamente los autos a esta Iltma. Audiencia Provincial, Sección Sexta, donde se formó el correspondiente rollo de apelación n° 58- D/99.

TERCERO

En la substanciación de esta causa se han observado todas las prescripciones legales, señalándose día para votación y Fallo:

VISTOS, y siendo Ponente la Magistrada Suplente Ilma., Sra. Dña. Cristina Trascasa Blanco.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la sentencia que desestima la demanda interpuesta en reclamación del crédito que resultó a favor del actor en las operaciones particionales para la liquidación de la sociedad de gananciales en su día formada con la demandada, aprobadas por auto de fecha 28 de junio de 1995 por el Juzgado de Primera Instancia Número Tres de Alicante, y por importe de 502. 500 pesetas, al estimar que el mismo queda compensado con las cantidades que, a su vez, el demandante adeuda a la demandada por pensiones debidas en virtud de las medidas acordadas en sentencia de separación de fecha 25 de mayo de 1990, se interpone recurso de apelación alegando, en esencia, infracción de garantías procesales que deben llevar, a juicio del apelante, a la declaración de nulidad de actuaciones y por cuanto la compensación alegada por la demandada, se dice, debió hacerse valer formulando la oportuna demanda reconvencional, así como denunciando error en la valoración de las pruebas y toda vez que, se sostiene, hace prueba de la extinción de la deuda que se opone el desestimiento expreso de la ahora apelada de la ejecución de aquella sentencia...

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