SAP Alicante 445/2000, 3 de Mayo de 2000

PonenteENRIQUE GARCIA-CHAMON CERVERA
ECLIES:APA:2000:2145
Número de Recurso445/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución445/2000
Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 5ª

SENTENCIA NÚM. 445

Iltmos.

Presidente: Don Andrés Sánchez Medina y Medina.

Magistrada: Doña Visitación Pérez Serra.

Magistrado: Don Enrique García Chamón Cervera.

En la ciudad de Alicante, a tres de mayo de dos mil.

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres expresados al margen, ha visto los autos de Juicio Verbal de Circulación número 22/99, seguidos en el Juzgado de Primera Instancia Núm. 6 de Elche, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte codemandada. "Seguros Bilbao, S.A. de Seguros", con la dirección del Letrado Don Ignacio Parreño Arenas; y como apelada, la parte actora, Doña Nuria, representada por la Procuradora Doña Mercedes Peidró Doménech con la dirección del Letrado a Don Joaquín Lacal Barberá. No impugnó ni se adhirió al recurso el codemandado Don Gustavo .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que en los autos de Juicio Verbal número 22/99 del Juzgado de Primera Instancia Núm. 6 de Elche, se dictó Sentencia de fecha diecinueve de abril de mil novecientos noventa y nueve, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: -Que debo estimar y estimo la demanda de juicio verbal promovida por Dª. Nuria y condenando a D. Gustavo y Cía de Seguros Bilbao S.A., representados por el Procurador Sr. Emilio Moreno al pago solidario de la suma de TRESCIENTAS TREINTA Y UNA MIL DOSCIENTAS SETENTA Y DOS PESETAS (331.272 ptas.). intereses legales, que de abonar el principal por la Cía aseguradora satisfará el interes legal especial del 50% desde la fecha del siniestro, con imposición de las costas del juicio".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte codemandada, "Seguros Bilbao, S.A. de Seguros", en tiempo y forma que fue admitido en ambos efectos, dando traslado del mismo a las demás partes, evacuando el traslado conferido la parte actora en el sentido de interesar su impugnación. Seguidamente, se elevaron los autos a este Tribunal, donde quedó formado el Rollo núm. 672-B/99 en el que se señaló para la deliberación y votación el día dos de mayo en el que tuvo lugar.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Enrique García Chamón Cervera.

II - FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el único motivo del recurso de apelación se mantiene la oposición de la excepción de prescripción extintiva de la acción de responsabilidad extracontractual porque, bien, se compute el plazo desde la fecha del siniestro (26 de mayo de 1997), bien, se compute desde la fecha del alta (10 de septiembre de 1997). cuando se presentó la demanda que origina esta litis (15 de enero de 1999) ha transcurrido en exceso el plazo de un año a que se refiere el artículo 1.968.2º del Código civil, sin que quepa atribuir efecto interruptivo ( artículo 1.973 del Código civil ) a la previa reclamación civil ( autos Juicio Verbal de Tráfico 23/98 seguido en el...

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