SAP Madrid 89/2000, 29 de Febrero de 2000
Ponente | FELIX ALFONSO GUEVARA MARCOS |
ECLI | ES:APM:2000:3029 |
Número de Recurso | 31/2000 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 89/2000 |
Fecha de Resolución | 29 de Febrero de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 3ª |
Dª MARINA GIL FLORES
SECRETARIA DE LA SALA
R. APELAC: 31/2000-J. ORAL: 390/99-JDO. PENAL: 16-MADRID- SENTENCIA NUM: 89
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
ILTMOS. SRES. DE LA SECCION TERCERA
D. F. ALFONSO GUEVARA MARCOS
D. JUAN PELAYO GARCIA LLAMAS
Dª Mª DEL PILAR ABAD ARROYO
En la Villa de Madrid, a 29 de Febrero de 2000.
Vistos por esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid, en Audiencia Pública y en grado de apelación, el Juicio Oral nº 390/2000 procedente del Juzgado de lo Penal nº 16 de esta Capital y seguido por delito contra la seguridad del tráfico, siendo partes en esta alzada como apelante el acusado Jose Enrique representado por la Procuradora Sra. Cano Ochoa y como apelado el Ministerio Fiscal y Ponente el Magistrado D. F. ALFONSO GUEVARA MARCOS.
Por el indicado Juzgado de lo Penal se dictó Sentencia el día 3 de Diciembre de 1999, cuyo FALLO decretó: "Que por conformidad de las partes, debo CONDENAR Y CONDENO a Jose Enrique, como autor criminalmente responsable de un delito contra la seguridad del tráfico a las penas de TRES MESES DE MULTA, A RAZÓN DE UNA CUOTA DIARIA DE TRESCIENTAS PESETAS, CON LA RESPONSABILIDAD PERSONAL SUBSIDIARIA DE UN DÍA DE PRIVACIÓN DEL PERMISO DE CONDUCIR POR TIEMPO DE UN AÑO Y UN DÍA, debiendo abonar las costas procesales de haberse causado".
Notificada la referida sentencia, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación procesal de acusado, que fue admitido en ambos efectos y del que se confirió traslado por diez días a las demás partes, siendo impugnado por el Ministerio Fiscal.
Elevadas las actuaciones a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial, se formó el Rollo de Sala nº 31/2000; y dado el trámite legal, se señaló conforme al art. 795.6 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la vista del recurso el día de ayer, compareciendo la defensa del acusado y el Ministerio Fiscal que solicitaron la revocación y la confirmación, respectivamente de la sentencia del Juzgado de lo Penal; declarándose los autos vistos para sentencia.
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HECHOS PROBADOS
Se aceptan y se dan por reproducidos los de la sentencia de instancia.
Se aceptan asimismo los correlativos de la resolución apelada y,
El presente recurso, basado en un...
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SAP Madrid 416/2005, 7 de Junio de 2005
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