SAP Barcelona 27/2000, 12 de Enero de 2000
Ponente | JOSE CARLOS IGLESIAS MARTIN |
ECLI | ES:APB:2000:204 |
Número de Recurso | 1357/1999 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 27/2000 |
Fecha de Resolución | 12 de Enero de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 2ª |
SECCION SEGUNDA
ROLLO Nº 1357/99
PROCEDIMIENTO ABREVIADO 737/97
JUZGADO DE LO PENAL Nº 1 DE TERRASSA
SENTENCIA Núm. 27
Ilmos. Sres.
D. PEDRO MARTIN GARCÍA
D. JOSE CARLOS IGLESIAS MARTIN
Dª. Mª JOSÉ MAGALDI PATERNOSTRO
En la ciudad de Barcelona, a doce de enero de dos mil.
VISTO, en grado de apelación, ante la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, el presente rollo de apelación nº 1357/99 dimanante del Procedimiento Abreviado núm. 737/97, procedente del Juzgado de lo Penal nº 1 de Terrassa, seguido por un delito de robo con fuerza, contra Benito y Cosme ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Dª MARTA VIDAL PEDRALS en nombre y representación de Benito y Cosme respectivamente contra la Sentencia dictada en los mismos el día 5 de octubre de 1999, por el/la Sr/a. Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Condeno a Cosme, como autor responsable de un delito de robo con fuerza, previsto y penado en los art. 500, 504 1 y 2 y 505, del Código penal de 1.973, en grado de tentativa, concurriendo la circunstancia agravante de reincidencia, a la pena de 250.000 pesetas de multa, con 25 días de arresto sustitutorio en caso de impago, y condeno a Benito, como autor del mismo delito, a la pena de 150.000 pesetas de multa, con 15 días de arresto sustitutorio en caso de impago, así como al pago de las costas del juicio por mitad cada acusado.".
Admitido el recurso y de conformidad con lo establecido en el art. 795.4º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, no siendo preceptivo el emplazamiento y comparecencia de las partes, se siguieron los trámites legales de esta alzada y quedaron los autos vistos para sentencia.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSE CARLOS IGLESIAS MARTIN.
HECHOS PROBADOS Se acepta el relato de hechos probados de la sentencia de instancia.
Los dos recursos articulados contra la sentencia dictada en la instancia vienen a apoyar su discrepancia con la citada resolución en lo que califican como errónea interpretación de la prueba por el Juzgador...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba