SAP Madrid, 17 de Diciembre de 1998

PonenteFELIX ALMAZAN LAFUENTE
ECLIES:APM:1998:13201
Número de Recurso59/1998
ProcedimientoVERBAL
Fecha de Resolución17 de Diciembre de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 11ª

SENTENCIA

En Madrid, a diecisiete de Diciembre de mil novecientos noventa y ocho.

La Sección Undécima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres. Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 50 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelado Gonzalo, y de otra, como demandado-apelante Luis Miguel, seguidos por el trámite de juicio verbal.

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Félix Almazán Lafuente

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 50 de Madrid, en fecha 20 de febrero de 1997, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO: "Que estimando la demanda formulada por D. Gonzalo contra D. Luis Miguel, debo condenar y condeno a D. Luis Miguel a que, tan pronto sea firme la presente resolución abone a la parte actora la suma de setenta y tres mil ochocientas cincuenta y ocho pesetas (73.858 pts), más los interesese legales desde el vencimiento de la deuda, gastos y costas del presente procedimiento, por imperativo legal".

SEGUNDO

Notificada la mencionada sentencia, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada quien lo impugnó. Elevándose los autos junto con dichos escritos ante esta Sección, para resolver el recurso.

TERCERO

Por providencia de esta Sección de fecha 15 de junio de 1998, se acordó la deliberación, votación y fallo para el día 16 de diciembre del actual.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

A la hora de resolver el presente recurso, es preciso tener presente un dato fundamental que necesariamente condiciona su resultado, que no es otro que la naturaleza y cuantía del procedimiento en el que la apelación se enmarca, esto es un verbal en el que se ejercita una acción personal, basada en derechos de crédito, cuales son las reclamaciones de rentas dimanantes del contrato de arrendamiento que liga a las partes,...

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