SAP Castellón 48/1998, 19 de Septiembre de 1998
Ponente | JOSE MANUEL MARCO COS |
ECLI | ES:APCS:1998:750 |
Número de Recurso | 101/1997 |
Procedimiento | PENAL - PROCEDIMIENTO ABREVIADO/SUMARIO |
Número de Resolución | 48/1998 |
Fecha de Resolución | 19 de Septiembre de 1998 |
Emisor | Audiencia Provincial - Castellón, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE CASTELLÓN
Sección Primera
Rollo Penal núm. 101 de 1997
Juzgado de Instrucción número 1 de Castellón
Procedimiento Abreviado núm. 13 de 1997
SENTENCIA Núm. 48
Ilmos. Sres.
Presidente:
Dn. JOSE MANUEL MARCO COS
Magistrados:
Dn. JOSE ALBERTO MADERUELO GARCIA
Dn. FERNANDO MARTINEZ SANZ
En la Ciudad de Castellón, a diecinueve de Septiembre de mil novecientos noventa y ocho.
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón, constituida con los Ilmos. Sres anotados al margen, ha visto en juicio oral y público el Procedimiento Abreviado instruido por el Juzgado de Instrucción Núm, Uno de Castellón con el número 13 del año 1997 y seguido por un presunto delito de robo contra Hugo, de nacionalidad española, provisto de Documento Nacional de Identidad núm. NUM000, nacido en Castellón el día 15 de septiembre de 1973, hijo de Bartolomé y de Ariadna, con domicilio en Castellón, calle DIRECCION000, núm. NUM001, cuya solvencia no consta, que se encuentra en libertad provisional por esta causa, habiendo estado privado de la misma los días 28 y 29 de noviembre de 1996.
Han sido partes, el Ministerio Fiscal, representada por, el Ilmo. Sr. Fiscal Jefe Don Eduardo Vicente Castello, y el mencionado acusado representado por la procuradora Sra. Sau Solazar y defendido por el letrado D. Félix Espelleta Casinos.
Es Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don JOSE MANUEL MARCO COS.
En sesión que tuvo lugar el día 16 de septiembre de 1998 se celebró ante este Tribunal juicio oral y público en la causa instruida por el Juzgado de Instrucción núm. 1. de Castellón bajo el número de Procedimiento Abreviado 13 de 1997, al inicia del cual se leyó el escrito de acusación con arreglo al cual los hechos objeto de la causa son constitutivos de un delito de robo son fuerza de los articulas 237, 238.1 y 241.1 del Código Penal aprobado por la Ley Orgánica 10/1995, en grado de tentativa de los articules 15 y 16 y con los efectos que se de Triar en los arts 62 y 70 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad penal y siendo el acusado autor del mismo, por lo que se pidió la imposición de la pena de un año de prisión.
A continuación, la defensa se mostró conforme con la calificación del Fiscal, si bien pidio la sustitución de la pena de prisión por la de arresto de fin de semana, a lo que el Fiscal no se opuso.
Preguntado al efecto el acusado, mostró personalmente su estricta conformidad can la calificación resanada, dedo acto seguido el Ilmo. Sr. Presidente los autos conclusos para Sentencia.
HECHOS PROBADOS
El acusado Hugo, mayor de edad y condenado el día 14 de noviembre de 1995 por un delito de robo a la pena de arresto mayor, el día 18 de marzo de 1995 por un, delito de receptación o encubrimiento a la pena de arresto mayor, el día 16 de abril de 1995 por un delito de robo, en la madrugada del día 28 de noviembre de 1996, escalando por una canaleta hasta un tercer piso y forzando una ventana con un destornillador que al efecto portaba, penetró en el edificio en donde se halla la Farmacia...
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