SAP Albacete 54/1998, 17 de Junio de 1998
Ponente | EMIGDIO CANO MORENO |
ECLI | ES:APAB:1998:387 |
Número de Recurso | 17/1998 |
Procedimiento | PENAL - PROCEDIMIENTO ABREVIADO/SUMARIO |
Número de Resolución | 54/1998 |
Fecha de Resolución | 17 de Junio de 1998 |
Emisor | Audiencia Provincial - Albacete, Sección 2ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
Sección 2ª
ALBACETE
Rollo n° 0017/98.
PROCEDIMIENTO ABREVIADO n° 0005/97.
Juzgado Mixto n° 2 de Albacete.
S E N T E N C I A N° 54/98
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Ilmos. Sres.
Presidente:
D. EMIGDIO CANO MORENO
Magistrados:
D. ANTONIO NEBOT DE LA CONCHA
D. FRANCISCO CAÑAMARES PABOLAZA
En ALBACETE, a diecisiete de Junio de mil novecientos noventa y ocho.
VISTA en juicio oral y público ante esta Audiencia Provincial la causa número 0005/97, procedente del Juzgado Mixto n° 2 de Albacete, tramitada bajo el número 0017/98, por el Procedimiento Abreviado, por delito ROBO, contra Millán, de nacionalidad española, con D.N.I./Pasaporte n° NUM000, nacido en VALDEGANGA (ALBACETE) el día 1/3/80, hijo de Francisco y de Carla ; con domicilio en VALDEGANGA, C/ DIRECCION000, NUM001, de profesión NO CONSTA; de desinformada conducta; con instrucción; sin antecedentes penales, de desconocida solvencia y en libertad provisional por esta causa, representado/s por el/os Procuradores D/ÑA. MIGUEL ANGEL MOLINA JIMÉNEZ, y defendido/s por el/os Letrado/s D. JOSÉ VALERO QUILEZ en sustitución de D/ÑA. BERNARDO VALERO QUILEZ, siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal, representado por el ILMO. SR. D. JUAN FRANCISCO RIOS PINTADO, y Ponente el Iltmo. Sr. Presidente Don EMIGDIO CANO MORENO.
Con fecha 22 de Enero de 1997, el Instructor acordó pasar a Procedimiento Abreviado las Diligencias Previas número 2060/96, practicadas hasta entonces para determinar la naturaleza de los hechos denunciados, las personas que en los mismos pudieran haber tenido participación y el procedimiento aplicable, decidiendo mediante auto dar traslado al Ministerio Fiscal, a fin de que en el plazo de cinco días solicitase la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación, o el sobreseimiento de lo actuado.
Solicitada la apertura del juicio y previos los trámites procesales de rigor éste se ha celebrado el día 11 de Junio de 1998, con el resultado que obra en el acta extendida al efecto por la Sra. Secretaria de la Sala, Doña JOSEFA RUEDA GUIZAN.
El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas calificó los hechos de autos como constitutivos de un delito de robo con fuerza en las cosas de los artículos 237, 238.1 y 241.1 del Código Penal . Concurre la atenuante número 3° artículo 9 del Código Penal de 1973 . Modificándose en el acto de juicio y solicitando la pena de seis meses de prisión, accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo y costas.
La defensa del acusado en el mismo trámite mostró su conformidad con la calificación del Ministerio Fiscal, ratificándose el acusado en dicha conformidad, no entendiéndose necesaria la continuación del juicio por el Letrado de la Defensa.
H E C H O S P R O B A D O S
UNICO.- Sobre las 15,45 horas del 29 de Noviembre de 1996, el acusado Millán, nacido el 1.3.80, y sin antecedentes penales,...
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