SAP Barcelona, 16 de Junio de 1998
Ponente | MONTSERRAT ARROYO ROMAGOSA |
ECLI | ES:APB:1998:5729 |
Número de Recurso | 1671/1996 |
Procedimiento | PENAL - PROCEDIMIENTO ABREVIADO/SUMARIO |
Fecha de Resolución | 16 de Junio de 1998 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 6ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA
SECCION SEXTA
NUMERO DE ORDEN.- 7545/97
DILIGENCIAS PREVIAS Nº.- 1671/96
JUZGADO DE INSTRUCCION N° 2 de GRANOLLERS
S E N T E N C I A N°
ILMOS. SRES.
DÑA. MONTSERRAT ARROYO ROMAGOSA
D. PABLO LLARENA CONDE
DÑA. MARIA JESUS FERNANDEZ DE BENITO
En Barcelona, dieciséis de junio de mil novecientos noventa y ocho.
VISTA por conformidad de las partes en el acto del juicio oral, ante la SECCION SEXTA de esta Audiencia Provincial, la presente causa, tramitada por el Procedimiento Abreviado para determinados delitos, Diligencias Previas nº 1671/96, número de orden de Sala 7545/97, procedente del Juzgado de Instrucción num. 2 de Granollers, seguido por el delito de robo con fuerza e las cosas, contra el acusado Benito, con D.N.I. núm. NUM000, nacido el 30/5/1978, hijo de Carmela y Montserrat, natural de Granollers, vecino de Canovellas (Granollers), sin antecedentes penales, en libertad provisional por la presente causa, representado por el Procurador D. Irene González Redondo y defendido por el Letrado D. María Pau Martí Fernández, siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal y Ponente la Ilma. Sra. MONTSERRAT ARROYO ROMAGOSA, que expresa el parecer del Tribunal:
Probado por conformidad de las partes en el acto del juicio oral, y así se declara: Benito, carente de antecedentes penales, mayor de edad, sobre las 4,30 horas del día 20 de noviembre de 1996, actuando con el propósito de obtener un inmediato beneficio patrimonial, acudió al establecimiento Supermercado "Día", sito en la calle Travesía Norte nº 1 de la localidad de Canovellas propiedad de "Supermercados Día" y, tras violentar dos puertas de entrada y penetrar por un agujero en el techo ocasionando desperfectos valorados en 73.255 pesetas, accedió al interior del local de apertura pública y diaria, donde no llegó a apoderarse de ningún objeto al ser detenido en el propio lugar por patrullas de la Guardia civil y Policía Local de Canovellas.
Que por el Ministerio Fiscal en sus conclusiones provisionales se calificaron los hechos como constitutivos de un delito de robo con fuerza en las cosas, en grado de tentativa, previsto y penado en los arts. 237, 238,1º y 2º y 241.1º del Código Penal en relación con el artº. 62 del mismo cuerpo legal, del que es autor el acusado, para quien interesó no...
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