SAP Barcelona, 27 de Mayo de 1998

PonenteLAURA PEREZ DE LAZARRAGA VILLANUEVA
ECLIES:APB:1998:5358
Número de Recurso249/1997
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución27 de Mayo de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

SECCION PRIMERA

SENTENCIA Nº

Recurso de apelación nº 249/97

Procedente del procedimiento COGNICION N° 31/96

Tramitado por el Juzgado de 1ª Instancia n° 8 DE TERRASSA

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Barcelona, formada por los Magistrados MARIA DOLORS PORTELLA LLUCH, LAURA PÉREZ DE LAZARRAGA VILLANUEVA y JOSEP MARIA BACHS ESTANY, actuando el primero de ellos como Presidente del Tribunal, ha visto el recurso de

apelación nº 249/97-c interpuesto contra la sentencia dictada él día 30 de Noviembre de 1.996 en el procedimiento Cognición n° 31/96 tramitado por el Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Terrassa,

en el que es/son apelante/s Francisca, representado/s por el/la si misma

y defendido/s por el/la Abogado Miguel Capel Aguilar, y apelado/s GAS NATURAL SDG, SA.,

representado/s por el/la Procurador/a Jaime Gati Castín y defendido/s por el/la Abogado Jose Luis

Martínez Alvares, y, previa deliberación, pronuncia en nombre de SM. el Rey de España la siguiente

SENTENCIA

Barcelona, a veintisiete de Mayo de mil novecientos noventa y ocho.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia antes señalada, tras los correspondientes Fundamentos de Derecho, establece en su parte dispositiva literalmente lo siguiente: FALLO: " Que, estimando la demanda formulada por el procurador de los Tribunales D. JAIME GALI CASTIN, en nombre y representación de Gas Natural SDG, SA., DEBO CONDENAR Y CONDENO a Dª. Francisca a la resolución del contrato de suministro de gas para su consumo en la vivienda sita en Terrassa, RAMBLA000, NUM000, y a permitir y consentir la entrada al domicilio suministrado y ocupado por Dª Francisca al agente judicial de servicio, junto con los empleados de Gas Natural SDG, SA., a fin de que éstos realicen la toma de lectura del contador de gas instalado en el interior de la vivienda y procedan a la privación del suministro mediante la desconexión y retiro del contador allí instalado. Asimismo, DEBO CONDENAR Y CONDENO a Dª. Francisca a abonar a Gas Natural SDG, SA., la cantidad de 146.890 pesetas, más los intereses legales de dicha cantidad desde el día 25 de enero de 1.996 hasta su completo pago, y a abonar a Gas Natural SDG, SA., la suma que se fije en el periodo de ejecución de sentencia, con un limite de 653.110 pesetas, resultante de la facturación comprendida entre la última lectura facturada -12.872 m3- y la que se realice en el momento de la desconexión del contador, al precio de la tarifa vigente,- devengándose desde la efectiva liquidación de la referida cantidad y siempre y cuando la demandada demore su pago, el interés legal correspondiente a dicha suma; todo ello imponiendo el pago de las costas causadas en el procedimiento a Dª. Francisca ."

SEGUNDO

Las partes antes identificadas han expresado en sus respectivos escritos de apelación y, en su caso, de impugnación las peticiones a las que se concreta su recurso y los argumentos en los que las fundamentan, según consta en los autos.

Fundamenta la decisión del Tribuna el/la Magistrado/a Ponente LAURA PÉREZ DE LAZARRAGA VILLANUEVA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la sentencia dictada en primera instancia interpone recurso de apelación Dña Francisca alegando al efecto que se ha producido un error en la apreciación de la prueba y un correlativo error en la aplicación de los preceptos legales en los que se fundamenta la sentencia. En este sentido se manifiesta que la nulidad invocada se funda en la posición que detenta la actora, que le compelió a aceptar una deuda de un anterior inquilino, para poder obtener el suministro de gas, con el agravante de que la instalación de la vivienda se encontraba preparada para el funcionamiento con dicho elemento, no existiendo...

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