SAP Granada 390/1998, 20 de Mayo de 1998
Ponente | MARIA VICTORIA MOTOS RODRIGUEZ |
ECLI | ES:APGR:1998:1131 |
Número de Recurso | 958/1997 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 390/1998 |
Fecha de Resolución | 20 de Mayo de 1998 |
Emisor | Audiencia Provincial - Granada, Sección 4ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA
SECCION CUARTA
ROLLO.- Nº 958/97
JUZGADO.- 8 de Granada
Cognición.- 574/96
PONENTE Dª. Mª Victoria Motos Rodriguez
SENTENCIA NUM. 390
ILTMOS. Sres.:,
D. ANTONIO MOLINA GARCIA
MAGISTRADOS.
D. JUAN F. RUIZ RICO RUIZ
Dª Mª Victoria Motos Rodriguez
En Granada a veinte de mayo de mil novecientos noventa y ocho.
La Sección Carta de esta Iltma. Audiencia Provincial, formada por los Iltmos. Sres. al margen relacionados ha visto en grado de apelación los precedentes autos de Juicio de Cognición, seguidos a instancia de EMASAGRA SA., quien ha designado el domicilio de la Procuradora Dª Mª Isabel Olivares López, contra Jesús, mayor de edad, vecino de Granada, con domicilio en DIRECCION000 Nº NUM000, NUM001 NUM002, quien ha designado el domicilio del letrado Sra. Josefa Pérez Cano a efectos de oír notificaciones.
Aceptando como relación los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada.
Que la referida sentencia fechada en trece de mayo de mil novecientos noventa y siete, contiene siguiente fallo: " Estimando la demanda formulada por la Procuradora Dª Mª Isabel Olivares López en representación de Emasagra SA., contra D. Jesús, debo condenar y condeno al referido demandado a que abone a la actora la suma de SEISCIENTAS CINCUENTA Y UNA MIL DOSCIENTAS TRECE PESETAS (651.213 ptas), sus intereses legales desde la interpelación judicial y las costas".
Que sustanciado y seguido el presente recurso por sus trámites, ante esta Iltma: Audiencia Provincial, en virtud de apelación interpuesta por la parte demandada, que en su escrito de alegaciones interesó, se dictase sentencia revocando la referida resolución y en consecuencia sea absuelto de las peticiones de la demanda de dicho escrito se dió traslado a la parte contraria que la impugnó, interesando se dictase sentencia desestimando el recurso de apelación formulado, y confirmando íntegramente la sentencia dictada por el Juzgado de instancia, con imposición de costas a la parte apelante. Por Providencia de fecha quince de enero del presente año, se: señaló día y hora para votación y fallo, el cual se verificó.
Observadas las prescripciones legales de trámite. Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sra. Dª Mª Victoria Motos Rodriguez.
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