SAP Baleares 405/1998, 5 de Mayo de 1998

PonenteMARIA ROSA RIGO ROSELLO
ECLIES:APIB:1998:1103
Número de Recurso385/1997
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución405/1998
Fecha de Resolución 5 de Mayo de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Baleares, Sección 3ª

SENTENCIA Nº 405

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

  1. Carlos Gómez Martínez

    MAGISTRADOS:

    Dª Mª Rosa Rigo Rosselló

  2. Guillermo Rosselló Llaneras

    SECCION TERCERA, a cinco de mayo de mil novecientos noventa y ocho

    VISTOS por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes

    autos de juicio de MENOR CUANTIA, seguidos ante el Jdo. 1ª Instancia nº 10 de Palma, bajo el número 0850/95, Rollo de Sala número 0385/97, entre partes, de una como Actor-apelante Luis Angel, representado en esta alzada por el Procurador CARLOS GINARD NICOLAU, y

    dirigido por el Letrado Juan Carlos MATAS BIBILONI, de otra, como Demandado-apelado KARPAN SA. representado por el Procurador NANCY RUYS VAN NOOLEN y dirigido por el Letrado MORELL

    ALDAZ.

    ES PONENTE el/la Magistrado/a Iltmo./a Sr./a. Mª Rosa Rigo Rosselló

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Iltmo. Sr. Magistrado Juez del Jdo. 1ª Instancia nº 10 de Palma, se dictó sentencia en fecha 10 DE ABRIL DE 1997 en los referidos autos, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: "Que desestimando la demanda de juicio de menor cuantía número 850/95 promovida a instnacia de Do/a Luis Angel, actuando en su representación el/la Procurador/a de los Tribunales Dº/ª Carlos Ginard Nicolau, y en su defensa el/la Letrado/a Dº/ª Juan C. Matas Bibiloni, contra Karpan SA., representado por el/la Procurador/a de los Tribunales Dº/ª María Esther Gonzalez Culebras, y dirigido por el /la Letrado/a Dº/ª Juan Morell Aldaz, versando este procedimiento sobre declaración de nulidad de una cláusula tercera del contrato suscrito entre las partes en fecha 3 de enero de 1986, modificada por el anexo que entró en vigor en fecha 3 de enero de 1992, debo absolver y absuelvo a la parte demandada, imponiendo a la parte actora el abono "las costas procesales.".

SEGUNDO

Contra la expresada sentencia, y por la representación de la parte actora, se interpuso recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, mejorado en tiempo y forma, y seguido el recurso por sus trámites, se señaló día para la vista de alzada, que tuvo lugar el día 4 de mayo de 1998, con asistencia de los Letrados y Procuradores de las partes personadas, quienes hicieron las alegaciones que a su derecho estimaron convenientes, en apoyo de sus respectivas pretensiones, quedando el presente recurso visto para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la Sentencia recurrida

PRIMERO

D. Luis Angel interpuso la demanda de juicio declarativo de menor cuantía, origen de los autos de que deriva el presente rollo, contra Karpan SA., en solicitud de que se dicte sentencia por la que se declare que la cláusula tercera del contrato de agencia suscrito entre las partes hoy litigantes, no es ajustada a derecho y por tanto es nula, ordenando se tenga por no puesta.

La entidad demandada se personó en autos y se opuso a las pretensiones articuladas en su contra en aquel escrito inicial, habiendo recaído sentencia en fecha lo de abril de 1997 por la que se desestimaba íntegramente la demanda y se absolvía de sus pedimentos al demandado. La expresada resolución constituye el objeto del presente recurso de apelación al haber...

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