SAP Murcia 152/1998, 30 de Abril de 1998
Ponente | JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ |
ECLI | ES:APMU:1998:960 |
Número de Recurso | 121/1998 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 152/1998 |
Fecha de Resolución | 30 de Abril de 1998 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 3ª |
Rollo Núm. 121/98
Apelación Civil.
SENTENCIA NUM. 152/98
Ilmos. Señores:
D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ
Presidente
D. JUAN MARTÍNEZ PÉREZ
D. MARÍA DEL PILAR ALONSO SAURA
Magistrados
En la Ciudad de Murcia a treinta de Abril de mil novecientos noventa y ocho.
Habiendo visto en grado de apelación la Sección Tercera de esta Iltma. Audiencia Provincial los autos de juicio cognición número 601/96 que en primera instancia se han seguido en el Juzgado Civil núm. 4 de Murcia entre las partes como actora y ahora apelada doña Consuelo, representada por el Procurador Sr Hernández Foulquié y defendida por la Letrada Sra. Bernal Martínez y como demandada y ahora apelante doña Julieta y don Gustavo, representada por el Procurador Sr. Jiménez Cervantes y defendida por el Letrado Sr. Sánchez Martínez. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Presidente, que expresa la convicción del Tribunal.
Que el Juzgado de instancia citado, con fecha 15 de enero de 1.998 dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así. "FALLO. Que estimando la demanda interpuesta por don José Augusto Hernández Foulquié, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de Da Consuelo, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento del local de la actora sito en la calle DIRECCION000, carretera de Monteagudo, kilómetro NUM000 de Murcia, condenando a los demandados, D. Julieta y D. Gustavo que lo desalojen y lo dejen libre y expedito en el plazo que legalmente corresponda, bajo apercibimiento de que si no lo hacen serán lanzados de él, y todo ello con expresa condena a los demandados al pago de las costas causadas en este procedimiento "
Contra la anterior sentencia y en tiempo y forma interpusieron recurso de apelación doña Julieta y don Gustavo, siendo admitido en ambos efectos, y con emplazamiento de las partes, fueron remitidos los autos originales a esta Audiencia en la que se formó el oportuno rollo por la Sección Tercera con el número 121/98, señalándose deliberación y votación para el día de hoy.
Que en la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
Alega la parte apelante en primer término que el arrendador no es...
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