SAP Toledo 16/1998, 20 de Abril de 1998

PonenteMARIA ASUNCION PERIANES LOZANO
ECLIES:APTO:1998:372
Número de Recurso2/1997
ProcedimientoPENAL - PROCEDIMIENTO ABREVIADO/SUMARIO
Número de Resolución16/1998
Fecha de Resolución20 de Abril de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Toledo, Sección 1ª

P.ORDINARIO: 1/97

ROLLO: 2/97.

JUZGADO: TOLEDO-1.

AUDIENCIA PROVINCIAL DE TOLEDO

SECCIÓN PRIMERA

SENTENCIA NUM 16

ILTMO. SR. PRESIDENTE ACCTAL

D. JOSÉ LUIS QUESADA VAREA

ILMOS SRES. MAGISTRADOS

Dª. Mª ASUNCIÓN PERIANES LOZANO

Dª. Mª TERESA MARTIN LÓPEZ

En TOLEDO, a veinte de abril de mil novecientos noventa y ocho.

Esta AUDIENCIA, constituida por los Iltmos, Sres expresados en el margen, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente,

SENTENCIA

Vista en juicio oral y por conformidad de las partes la causa que con el número 1 de 1997 tramitó el Juzgado de Instrucción número 1 de Toledo, por procedimiento ordinario y delito de homicidio, figurando como parte acusadora el Ministerio Fiscal, contra el acusado Iván, con D.N.I. nº NUM000, nacido el 9 de enero de 1975, hijo de Eduardo y de María Angeles, natural y vecino de Toledo, C/ DIRECCION000 nº NUM001, sin profesión u oficio, con antecedentes penales, insolvente, privado de libertad por esta causa desde el. "30-6-97, representado por la Procuradora de los Tribunales Dª Mª Luisa Encinas Hernando y defendido por el Letrado D. Fernando Garrido Polonio. Ha actuado como ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª Mª ASUNCIÓN PERIANES LOZANO, quien expresa el parecer decisorio de la Sala.

ANTECEDENTES
PRIMERO

El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones provisionales, calificó los hechos de autos, como constitutivos de un delito de homicidio en grado de tentativa tipificado en los arts. 138 y 16-1 del Código Penal, estimando como responsable del mismo en concepto de autor al acusado Iván, con la concurrencia de la circunstancia atenuante 1º art. 21, en relación con el 20.2 del C.P ., solicitando se le impusiera la pena de 6 años de prisión con sus correspondientes accesorias, se le condene al pago de las costas y a que indemnice al perjudicado en 720.000 ptas por las lesiones y 300.000 ptas por las secuelas. SEGUNDO.- La defensa del acusado en igual trámite mostró su disconformidad con la calificación del Ministerio Fiscal, solicitando con carácter principal la absolución de su defendido, y con carácter alternativo la condena como autor de un delito de lesiones previsto y penado en el art. 148.18 C.P ., con la concurrencia de la circunstancia atenuante del art. 21,, en relación con el art. 20.2º del C.P ., a la pena de un año de prisión.

HECHOS PROBADOS

Queda probado y así se declara que sobre las 4 de la madrugada del día 20 de junio de 1997, el acusado Iván, mayor de edad y con antecedentes penales, se encontraba en compañía de unos amigos en el recinto ferial del barrio de Sta. Mª de Benquerencia de Toledo y después de ingerir abundantes bebidas alcohólicas que disminuyeron sus facultades intelectivas y volitivas, comenzó con motivo de una discusión, a pelearse con su amigo Claudio, al cual pinchó dos veces con un instrumento punzo-cortante con intención de lesionarlo, causándole lesiones en codo izquierdo y traumatismo - abdominal penetrante y laceración esplénica, calificada de grave. Como consecuencia de ello, necesitó asistencia quirúrgica y hospitalización, sanando a los 60 días, durante los que estuvo impedido para sus ocupaciones habituales. Quedándole como secuelas: cicatriz por arma blanca de 2.5 cms. En codo izquierdo cicatriz hipertrófica por arma blanca cié unos 4 cms de longitud en costado izquierdo. Cicatriz quirúrgica en la línea media abdominal de unos 20 cms correspondiente a laparotomía media suprainfraumbilical. Cicatriz de 1 cm en hemiabdomen izquierdo secundaria a drenaje quirúrgico. Finalizada la agresión, el acusado permaneció en el lugar ayudando al herido a subir a la ambulancia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los hechos anteriormente declarados probados son constitutivos de un delito de lesiones,previsto y penado en los artículos 147.1 y 148.1º del Código Penal .

El Ministerio Fiscal calificó los hechos como delito de homicidio en grado de...

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