SAP Madrid, 23 de Enero de 1998

PonenteALMUDENA TERESA SEBASTIAN MONTERO
ECLIES:APM:1998:551
Número de Recurso18/1996
ProcedimientoMENOR CUANTÍA
Fecha de Resolución23 de Enero de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 9ª

SENTENCIA

En Madrid, a veintitrés de Enero de mil novecientos noventa y ocho.

La Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio de Menor Cuantía sobre nulidad de acuerdos adoptados en Junta, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 40 de Madrid, seguidos entre partes, de una como demandante-apelante PANIFICADORA CARLOS MORALES E HIJOS S.L., representado por el Procurador Don José Carlos Peñalver Garcerán, y de otra como demandado-apeladoCOMPAÑÍA INDUSTRIAL HARINOPANADERA S.A., representado por el Procurador Don Federico José Olivares de Santiago.

VISTO, siendo Magristrado Ponente la Ilma. Sra. Dª Almudena Sebastián Montero

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 40 de Madrid, en fecha 21 de Noviembre de

1.995, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO:" Que sin entrar en el fondo del asunto al haber caducado la acción, no ha lugar a la demanda interpuesta por PANIFICADORA CARLOS MORALES E HIJOS, S.L. representado por el procurador D. JOSÉ CARLOS PEÑALVER GARCERÁN contra COMPAÑÍA INDUSTRIAL HARINOPANADERA, S.A. representado por el Procurador D. FEDERICO JOSÉ OLIVARES DE SANTIAGO, todo ello con imposición de las costas causadas a la parte actora."

SEGUNDO

Notificada la mencionada sentencia, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte actora, que fué admitido en ambos efectos, y en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, ante la que comparecieron las partes en tiempo y forma bajo las expresadas representaciones, substanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

La Vista Pública celebrada el día 21 de Enero de 1.998, tuvo lugar con la intervención de los Letrados de ambas partes litigantes, que informaron de cuanto creyeron conveniente en apoyo de sus pretensiones.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Solicita la parte apelante la revocación de la sentencia de instancia aduciendo que la misma, en primer término, no reúne ninguno de los requisitos formales necesarios para surtir efectos frente a terceros, y ello porque habiendo la parte...

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