SAP Madrid 525/1997, 17 de Diciembre de 1997

PonenteSANTIAGO JUAN PEDRAZ GOMEZ
ECLIES:APM:1997:6876
Número de Recurso170/1997
ProcedimientoPENAL - PROCEDIMIENTO ABREVIADO/SUMARIO
Número de Resolución525/1997
Fecha de Resolución17 de Diciembre de 1997
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 6ª

SUMARIO N ° 1 /97

JUZGADO DE INSTRUCCION N° 16 DE MADRID

ROLLO DE SALA N° 170/97

SENTENCIA Nº 525/97

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION SEXTA

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. SANTIAGO J. PEDRAZ GOMEZ

MAGISTRADOS

DÑA. CLARA PENIN ALEGRE

D. JULIO MENDOZA MUÑOZ

En Madrid, a 17 de diciembre de 1997.

VISTA en juicio oral y público, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial de Madrid, la causa número 1/97, por un delito contra la salud pública y contrabando, procedente del Juzgado de Instrucción n° 16 de Madrid, seguida por el trámite de sumario ordinario, contra Millán, nacido en Madrid el día 4 de junio de 1975, hijo de losé Enrique y Cándida, sin antecedentes penales y en prisión provisional por esta causa desde el día 12 de marzo de 1997, teniendo lugar el juicio el día 17 de diciembre de 1997 y en el que han sido partes el Ministerio Fiscal y dicho procesado, representado por el Procurador D. Ignacio Pérez Olleros y defendido por el Letrado D. Rafael Rivero, siendo Ponente el Presidente de la Sección Iltmo. Sr. D. SANTIAGO J. PEDRAZ GOMEZ, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos de autos como constitutivos de A) un delito contra la salud pública, previsto y penado en los arts. 368, 369.3° del CP, y B) un delito intentado de contrabando, de los arts. 2.1.3 a) y 3 de la L.O. 12/95, de los que responde el procesado, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de responsabilidad criminal, solicitando se le impusiera las siguientes penas: 11 años de prisión y multa de 6.069.645 de pts, por el delito a) y ocho meses de prisión y multa de 5 millones de pesetas por el delito B), comiso de la sustancia.

SEGUNDO

La defensa del procesado, en igual trámite, instó la libre absolución del mismo, y subsidiariamente se le aplicara el artículo 376 del c. P ., imponiéndose la pena de 4 años y 4 meses o 2 años por el primer delito, y 10 fines de semana de arresto por el segundo.

HECHOS PROBADOS

Sobre las 16:30 horas del día 12 de marzo de 1997, a la llegada del vuelo 910 de la Compañía Spanair, al aeropuerto de Madrid-Barajas procedente de Cartagena de Indias, miembros de la Guardia Civil procedieron a inspeccionar los equipajes que salían por la cinta transportadora, observando como en un órgano electrónico pudiera contener sustancias estupefacientes, por lo que se procedió a la práctica de gestiones para la identificación de su propietario, que resultó ser el procesado Millán, mayor de edad y sin antecedentes penales. Abierto el mencionado aparato, se comprobó que el mismo contenía dos piezas rectangulares de aluminio envueltas en hilo de cobre que ocultaban 1.419 gramos de cocaína, con una riqueza media del 19 %, que el procesado pensaba introducir en España para su venta a terceros, siendo el valor medio nacional que habría adquirido de 5 millones de pesetas el kilogramo y 9.900 pesetas el gramos.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Los hechos declarados probados son legalmente constitutivos de un delito contra la salud pública, en su modalidad de tráfico de drogas que causan grave daño a la salud y en cantidad de notoria importancia, previsto y perlado en los artículos 368 y 369.3 ° del Código Penal ; toda vez que el procesado portaba ocultas en el interior del órgano electrónico con el que viajaba, un total de 1.419,8 gramos de cocaína, sustancia ésta gravemente perjudicial para la salud que figura inmersa en los Convenios Internacionales suscritos por España y forman parte de nuestro ordenamiento jurídico interno

La cocaína está clasificada como estupefaciente susceptible de ocasionar fuertes deterioro físicos y psíquicos en el organismo, produciendo generales efectos en el sistema nervioso y paralizante después, afectando a los distintos...

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