SAP Asturias 647/1997, 19 de Diciembre de 1997

PonenteANTONIO LANZOS ROBLES
ECLIES:APO:1997:1042
Número de Recurso171/1997
ProcedimientoPENAL - PROCEDIMIENTO ABREVIADO/SUMARIO
Número de Resolución647/1997
Fecha de Resolución19 de Diciembre de 1997
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 2ª

SENTENCIA N° 647

PRESIDENTE ILMO. SR.

D. ANTONIO LANZOS ROBLES

MAGISTRADOS ILMOS. SRES

D. JULIO GARCIA BRAGA PUMARADA

Dª Mª LUISA BARRIO BERNARDO RÚA

En la ciudad de Oviedo a diecinueve de diciembre de mil novecientos noventa y siete.

VISTOS en juicio oral y publico por la Sección 2ª de esta Audiencia Provincial los presentes autos procedentes del Juzgado de Instrucción N° 4 de Avilés, seguidos por un delito CONTRA LA SALUD PUBLICA con el n° 46/96 de Procedimiento Abreviado, (Rollo de Sala n° 171/97), contra Lázaro con D.N.I. NUM000, de 35 años de edad, hijo de Francisco y de Carmen, natural de Laredo (Cantabria) y vecino de Corvera (Avilés), de estado soltero, de profesión peón, con instrucción, sin antecedentes penales, solvente, en libertad provisional por esta causa, por la que estuvo privado de la misma tres días, representado por el Procurador D. JOSÉ ANTONIO IGLESIAS CASTAÑON y defendida por la Letrada Dª. PATRICIA FERNANDEZ-CEDRON ALONSO; causa en la que es parte acusadora el Ministerio Fiscal y Ponente el Ilmo. Sr. Presidente D. ANTONIO LANZOS ROBLES y en la que procede dictar sentencia fundada en los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se declaran HECHOS PROBADOS, los que a continuación se relacionan: En las fechas anteriores al 28-2-96, sin que puedan precisarse con más exactitud, el acusado se dedicó a la venta de heroína en su domicilio de la C/ DIRECCION000, NUM001 - NUM001 Izd de Corvera.

El 28-2-96 funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía efectuaron, con la correspondiente autorización judicial, una entrada y registro en el domicilio indicado encontrando un dinanómetro y varias bolsas y recortes de plástico, que el acusado utilizaba para preparar las dosis, un teléfono móvil con el que contactaba con los compradores y 7 pastillas de dextropropoxífeno, destinado a la venta. También hallaron una bolsita con heroína, que el acusado pensaba vender, pero antes de que pudieran cogerla, éste la arrojó a un cubo con agua, de tal forma que sólo pudo intervenirse una parte del contenido (0,54 grs.), que quedó en el escurridor de la fregona. También fueron ocupadas 17.000 pesetas fruto de anteriores ventas. El acusado no tiene antecedentes penales.

SEGUNDO

El Ministerio Fiscal calificó definitivamente los hechos procesales como constitutivos de un delito Contra la Salud Pública, previsto y penado en el art. 344 del antiguo Código Penal, designando como autor al acusado y no apreciando circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal solicitó se le impusieran las penas de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor y un millón de pesetas de multa, con...

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