SAP Madrid, 26 de Noviembre de 1997

PonenteJESUS GAVILAN LOPEZ
ECLIES:APM:1997:5929
Número de Recurso510/1996
ProcedimientoCOGNICIÓN
Fecha de Resolución26 de Noviembre de 1997
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 11ª

SENTENCIA

En Madrid, a veintiséis de Noviembre de mil novecientos noventa y siete.

La Sección Decimoprimera de la Audiencia Provincial de Madrid compuesta por los señores Magistrados expresados al margen ha visto en grado de apelación los autos de juicio de cognición procedentes del Juzgado de Primera Instancia número 56 de Madrid, sobre reclamación de cantidad seguidos entre partes, de una como demandante y apelante CAJA POSTAL, y de otra como demandados y apelados Benito Y Carmela .

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Jesús Gavilán López

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia número 56 de los de Madrid con fecha de 15 de enero de 1996 se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Fallo: Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por CAJA POSTAL, contra D. Benito Y DÑA. Carmela, sobre reclamación de cantidad.

Se impone a la actora las costas devengadas en este procedimiento."

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante alegó lo que estimó necesario y solicitó la revocación de la sentencia apelada. Admitido el recurso en ambos efectos se dió traslado a la parte apelada la que lo impugnó por lo que se elevaron los autos ante esta Sala para sustanciar el recurso.

TERCERO

Por providencia de esta Sección de 30 de junio de 1997 no estimándose necesaria la celebración de vista, se señaló el día 20 de noviembre del actual para la deliberación, votación y fallo del recurso, lo que tuvo lugar una vez que le había correspondido su turno entre los de su clase y ponencia.

CUARTO

En la tramitación del procedimiento se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se revocan los Fundamentos de Derecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

La sentencia de instancia declara no acreditados los extremos en los que la actora fundamenta su acción, al no justificar el saldo deudor reclamado mediante los cargos y adeudos aportados en los extractos de la cuenta corriente de los demandados de la utilización de la tarjeta de crédito . La parte apelante fundamenta su recurso en error en la apreciación de la prueba al no haberse tenido en cuenta por la Juzgadora de instancia que los demandados utilizaron dicha tarjeta de crédito adquiriendo los bienes y servicios a que se refieren los extractos aportados, y se le fueron realizando los correspondientes cargos, de acuerdo conla modalidad pactada de pago aplazado . La parte...

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