SAP Orense 513/1997, 8 de Noviembre de 1997

PonenteJESUS FRANCISCO CRISTIN PEREZ
ECLIES:APOU:1997:153
Número de Recurso451/1997
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución513/1997
Fecha de Resolución 8 de Noviembre de 1997
EmisorAudiencia Provincial - Orense, Sección 1ª

(APELACION CIVIL)

La Audiencia Provincial de Orense, constituida por los Señores, don Jesús Francisco Cristin Pérez, Presidente, doña Angela Domínguez Viguera Fernández y don José Ramón Godoy Méndez, magistrados, ha pronunciado, en nombre de S.M. El Rey, la siguiente

S E N T E N C I A NUM 513

En la ciudad de Ourense a ocho de noviembre de mil novecientos noventa y siete.

VISTOS, en grado de apelación, por esta Audiencia Provincial, actuando como Tribunal Civil, los autos de menor cuantía procedentes del Jdo mixto núm. 1 de Verin seguidos con el n° 36/95, rollo de apelación n° 451/97, entre partes, como apelante, Imanol, representado por el Procurador Don y Manuel BALADRON GOMEZ bajo la dirección del Letrado Don Cesareo LOSADA MARTINEZ y, como apelados, Juan Pedro, Yolanda y otros, representados por el Procurador Don Ricardo GARRIDO RODRIGUEZ bajo la dirección del Abogado Don Adolfo TABOADA SALAZ. Es Ponente el Iltmo. Sr. Don Jesús Francisco Cristin Pérez.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por el Jdo mixto núm. 1 de Verin, se dictó sentencia en los referidos autos, en fecha 18 de abril de 1.997, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda presentada por la procuradora Sra. Taboada González, en nombre y representación de D. Raúl, Dª. Yolanda, D. Bartolomé, D. Ramón, D. Alfredo y D. Juan Pedro, contra D. Imanol y Dª. Clara, debo condenar y condeno a dichos demandados a abonar a los demandantes la suma de SEIS MILLONES DOSCIENTAS CINCUENTA MIL pesetas, como indemnización por la extralimitación constructiva llevada a cabo por dichos demandados, en cuanto ésta afectó al derecho real de servidumbre de luces y vistas que las viviendas de los demandantes disfrutaban y que grava la finca matriz, con imposición de las costas a los demandados".

Segundo

Notificada la anterior sentencia a las partes, se interpuso por la representación de Imanol recurso de apelación en ambos efectos, y admitido a trámite, se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial donde se personaron la parte apelante y apelada, con las aludidas representaciones, y cumplidos los oportunos traslados, se señaló para la vista del recurso el pasado día 4 a la que concurrieron las representaciones de las partes que solicitaron lo que en su derecho convino.

Tercero

En la tramitación de este recurso, se han cumplido las correspondientes prescripciones legales.

II - FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Reconocido por sentencia firme dictada el 15 de diciembre de 1.994 que el edificio núm. NUM000 de la CALLE000, de Verin, en sus viviendas tipo A Y B, de las que son propietarios los demandantes, gozaba de servidumbre de luces y vistas sobre terreno de la titularidad dominical del...

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